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Este jueves 30 de abril vence el plazo para que las entidades del nivel territorial reporten su Plan Anual de Vacantes a la Función Pública

Las entidades deben reportar el Plan Anual de Vacantes a través de la página del Sistema de Información y Gestión del Empleo Pública, Sigep, www.sigep.gov.co¿   

La presentación del reporte es una obligación establecida en las normas legales y constitucionales que regulan el empleo público.¿

Este jueves 30 de abril vence el plazo para que las entidades del nivel territorial realicen el reporte de empleos de carrera en vacancia definitiva con corte 31 de diciembre y suministren la información correspondiente a la contratación de prestación de servicios de personas naturales y jurídicas hasta la fecha, al Departamento Administrativo de la Función Pública.

Francisco Camargo Salas, director de Empleo Público de la Función Pública, reiteró que las entidades están en la obligación de brindar esta información y recodó a los representantes legales de las entidades territoriales "que suministrar esta información constituye un deber en el marco de las normas constitucionales y legales que regulan el empleo público en Colombia". Audio

"Es importante y urgente que cada entidad reporte la información del Plan Anual de Vacantes y de contratos de prestación de servicios a través de la página del  Sistema Único de Información y Gestión del Empleo Público, Sigep", agregó Camargo Salas.¿¿¿  

 

 

La información debe ser reportada en la página web del Sigep, www.sigep.gov.co, ingresando al botón Reporte de información, de la sección servicios del portal, aplicativo en el que también se puede consultar el instructivo de diligenciamiento del reporte. 

Para brindar mayor información del proceso, Función Pública ha dispuesto el correo electrónicoplanvacantes@funcionpublica.gov.co y el teléfono (1) 2437100, correspondiente a la Dirección de Empleo Público de esta entidad. 

El Departamento Administrativo de la Función Pública mediante la Circular Externa No 100-004-2015 del pasado 31 de marzo, recordó la obligación de realizar el reporte antes del 30 de abril a todas las entidades que se rigen en materia de carrera administrativa por la Ley 909 de 2004 o por normas que regulan sistemas específicos de carrera administrados por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Función Pública es la entidad estratégica, técnica  y transversal del Gobierno Nacional que contribuye al bienestar de los colombianos mediante el mejoramiento continuo de la gestión de los servidores públicos y las instituciones en todo el territorio nacional.¿¿

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