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Municipios afectados por el conflicto podrán crear instancias de Gerencia de Proyectos para avanzar en la paz con legalidad

Municipios afectados por el conflicto podrán crear instancias de Gerencia de Proyectos para avanzar en la paz con legalidad

Septiembre 24 de 2019 05:47 AM

Imagen de una parque de un pueblo en donde se ven árboles y personas caminando

•    El objetivo de éstas instancias de Gerencia de proyectos en los municipios PDET, es mejorar la capacidad de ejecución de proyectos y de acceso a recursos de cooperación internacional y gubernamental.
•    Para su implementación, contará con la asesoría para su implementación, del Departamento Administrativo de Función Pública y la Agencia de Renovación del Territorio ART.

 


Bogotá, D.C., martes 24 de septiembre de 2019.- En una circular conjunta la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación y el Departamento Administrativo de la Función Pública están invitando a los municipios que participan en el Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) a crear instancias para la Gerencia de Proyectos.

 

Se busca facilitar la gestión pública de los planes de transformación territorial que viene adelantando el Gobierno Nacional en estos territorios que han sido priorizados por su afectación en el conflicto armado.

 

También facilitará el acceso de estos municipios a los diferentes servicios y apoyo de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) para diseñar e implementar los proyectos que se pueden financiar a través del Sistema General de Regalías o cooperación internacional.

 

La creación de las instancias de Gerencia de Proyectos en los municipios, consta de tres alternativas planteadas por la ART y Función Pública, que dan viabilidad técnica.  La primera es a través de la creación institucional de una Oficina en la entidad territorial.

 

La segunda posibilidad que tienen las alcaldías es la creación de la figura de Grupo de Trabajo, y la tercera es tener dicha gerencia bajo el modelo de Gestor.  El modelo ideal, deberá obedecer a las condiciones y capacidades instaladas de cada municipio, previo análisis técnico, y la potestad y autonomía de su establecimiento recae en los alcaldes.

 

Consulte la Circular Conjunta 100-005 de 2019

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