El derecho a la salud en Régimen Contributivo

Todos los servidores públicos colombianos están obligados a afiliarse al Régimen Contributivo del Sistema de Seguridad Social en Salud ya que esta es la forma como se brinda un seguro que cubre los gastos de salud a los habitantes del territorio nacional, colombianos y extranjeros. Ya sea como trabajador dependiente o independiente si tus ingresos superan (1) salario mínimo mensual, estas obligado a estar afiliado.

La base de cotización para los servidores públicos se calcula con base en lo dispuesto en el artículo 6º del decreto 691 de 1994 y las demás normas que lo modifiquen o adicionen. Si eres un trabajador dependiente, debes cotizar un 12% del salario mensual, 8% le corresponde pagarlo al patrono y el otro 4% a ti; por otro lado si eres un contratista o trabajador independiente tu aporte mensual es el 12% de tus ingresos.

Por esta contribución tienes derecho de afiliar a tu familia, recibir un subsidio en caso de incapacidad por enfermedad, un subsidio en caso de licencia de maternidad y recibir una amplia gama de servicios como: protección integral para la salud en caso de enfermedad general o maternidad, promoción de la salud, prevención de enfermedades, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las enfermedades, independientemente de lo costosa o compleja que sea la atención requerida.

¿Qué servicios de salud incluye el POS?

· Programas de prevención de enfermedades.

· Urgencias de cualquier orden, es decir, necesidades que requieren atención inmediata.

· Consulta médica general y especializada en cualquiera de las áreas de la medicina.

· Consulta y tratamientos odontológicos (excluyendo ortodoncia, periodoncia y prótesis).

· Exámenes de laboratorio y Rayos X.

· Hospitalización y cirugía en todos los casos en que se requiera.

· Consulta médica en psicología, optometría y terapias.

· Medicamentos esenciales en su denominación genérica.

· Atención integral durante la maternidad, el parto y al recién nacido.

Estos servicios de atención que le garantiza el POS cubren las necesidades de salud de los colombianos, incluida la atención de enfermedades graves como SIDA y Cáncer.

Ciertos tratamientos como: Cirugía estética con fines de embellecimiento, tratamientos nutricionales con fines estéticos, tratamiento de várices con fines estéticos, curas del sueño, tratamiento o medicamentos experimentales están excluidos del POS.

¿A cuáles miembros de tu familia puedes afiliar?

Si eres casado o vives en unión libre, puedes afiliar a tu cónyuge o compañero(a) permanente y adicionalmente a tus hijos o los de tu pareja (incluyendo a los adoptivos), que sean menores de 18 años, sin importar el número de hijos que tenga. También puedes afiliar a tus hijos menores de 25 años cuando estos están dedicados exclusivamente al estudio y dependen económicamente de ti, o si tienen incapacidad permanente en cuyo caso no importa la edad que tengan. Si eres soltero puedes afiliar a tus padres si dependen económicamente de ti y NO son pensionados.

Al momento de recibir los servicios de salud todos los afiliados deberán pagar unas pequeñas sumas llamadas «cuotas moderadoras», establecidas para evitar la demanda innecesaria de servicios. Estas cuotas se pagan cuando se usa un servicio, varían de acuerdo con el ingreso base de cotización y son actualizadas cada año por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Solamente los beneficiarios afiliados deberán cancelar unos «Copagos», cuando el servicio que requieren incluye hospitalización o cirugía. Estos Copagos se rigen también por el Ingreso Base de Cotización del cotizante y además tienen un tope máximo por evento y un tope máximo acumulado por año.

Adicionalmente puedes afiliar a otras personas diferentes a las anteriormente descritas, cambiarte de EPS, interrumpir la afiliación sin la perdida de antigüedad, recibir atención de urgencias durante un periodo de tiempo después de perder el empleo, cotizar durante las incapacidades y licencias, obtener servicios adicionales al POS, etc. Estas y otras inquietudes las encuentras descritas en detalle en la Guía Informativa del Régimen Contributivo.            

De otra parte, el servidor público que sufra un accidente de trabajo o se le diagnostique una enfermedad profesional tiene derecho a la cobertura por parte de la Administradora de Riesgos Profesionales ¿ARP. Lo invitamos a conocer los derechos y deberes de los trabajadores en esta materia en el espacio dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social.