Concepto 120581 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 120581 de 2022 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 23 de marzo de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PRESTACIONES SOCIALES
- Subtema: Liquidación y Pago

Para proceder al pago de los reconocimientos efectuados por las EPS por concepto de licencia de paternidad e incapacidad general a ex funcionario, se deberá proceder a expedir un acto administrativo motivado con el que se proceda con el reconocimiento y pago.

*20226000120581*

Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20226000120581

Fecha: 23/03/2022 02:37:36 p.m.

Bogotá D.C.

Referencia: ACTO ADMINISTRATIVO. Pago de dineros a ex funcionarios. Radicado: 20222060123692 15 de marzo de 2022.

Cordial saludo.

En atención a la radicación de la referencia, en la cual consulta, cómo debe proceder la entidad para pagar a unos ex servidores públicos unos reconocimientos que hacen las respectivas EPS, por concepto de licencia de paternidad e incapacidad general, me permito indicarle que si los recursos ingresaron a la entidad y se encuentran presupuestados deberá proceder a expedir un acto administrativo motivado, en el cual se plasme y deje la trazabilidad de todo lo ocurrido con los funcionarios objeto de consulta, para que el pago pueda ser efectuado en los términos que corresponda.

Los Actos Administrativos han sido definidos por la doctrina como “las manifestaciones de voluntad de la administración tendientes a modificar el ordenamiento jurídico, es decir, a producir efectos jurídicos”1

Con respecto a la emisión y nacimiento del Acto Administrativo se precisa que para que éste pueda nacer a la vida jurídica, debe reunir los requisitos y procedimientos consagrados en la ley, por lo tanto, será el Director del Departamento quien pueda expedir los actos administrativos de reconocimiento de los derechos de los ex servidores públicos.

De igual forma, la doctrina ha sostenido que existen ciertos elementos esenciales en todo acto administrativo que predeterminan la validez y la eficacia misma del acto; es decir, la competencia de la autoridad administrativa, la voluntad en la expedición, el contenido, la motivación, la finalidad y la forma.

De conformidad con lo anterior, y dado que los dineros relacionados en su comunicación para cada funcionario por concepto del pago de la licencia de paternidad, y la reliquidación solicitada en una incapacidad, corresponden a reconocimientos hechos por las EPS respectivas, posteriores al retiro efectivo de la entidad se deberá proceder con el reconocimiento y pago.

Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web de la entidad en el link /web/eva/gestor-normativo,«Gestor Normativo», donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Atentamente,

ARMANDO LOPEZ CORTES

Director Jurídico

Proyectó: Janne Alexandra Guzmán Quintero.

Revisó: Harold Israel Herreño.

Aprobó: Armando López Cortés.

11602.8.4