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Concepto 447601 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez el empleado haya cumplido el año de servicio, tendrá derecho a disfrutar de sus vacaciones por un término de (15) días hábiles remunerados, los cuales serán concedidos de manera oficiosa o a petición del interesado dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho a disfrutarlas, en cuanto a su pago, deberá realizarse el mismo, con un término mínimo de antelación a su inicio de cinco (5) días.

Concepto 447651 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien ejerció dentro de los 12 meses anteriores a la elección de congresista el cargo de Delegado del Registrador Nacional se encuentra inhabilitado para aspirar a aquél, pues se configura la inhabilidad descrita en el numeral 2° del artículo 179 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 5 de 1992 ya que el desempeño de este empleo implica ejercicio de autoridad administrativa en los municipios de su jurisdicción electoral.

Concepto 444391 de 2025 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En la actualidad NO es procedente el reconocimiento y pago de la prima técnica, por cuanto no hay norma que consagre la posibilidad de otorgamiento de dicha prima, para los empleados en ningún nivel de las entidades del orden territorial, de manera que las entidades no se encuentran en obligación de pagarla, así mismo se reitera que la prima técnica no constituirá derecho adquirido en ningún caso. De manera que la prima objeto de consulta no es procedente para los empleos consultados.

Concepto 444441 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un docente oficial (empleado público) estará inhabilitado para celebrarcontratos con entidades públicas, como es el caso del Ministerio de Educación Nacional, tampoco podrán contar con doble vinculación, ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado.

Concepto 444521 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Existe inhabilidad para que los parientes de un concejal dentro del tercer grado de consanguinidad, como es el caso de un sobrino, sean nombrados como directores de la E.S.E del mismo ente territorial.

Concepto 444541 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las entidades públicas no podrán en el marco de acuerdos laborales suscritos con los sindicatos de empleados públicos, pactar reconocimientos que se aparten de las facultades que Constitucional o legalmente les han sido asignadas y comprometan el presupuesto público

Concepto 444981 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencian las horas cátedras como factor para la liquidación de la prima de servicios. Sin que se evidencie que las horas cátedras constituyan factor de liquidación de la prima de navidad. Respecto de los factores salariales que se deben tener en cuenta en la liquidación de la prima de vacaciones en forma proporcional, se precisa que, en los términos del artículo 1º del Decreto la prima de vacaciones para los docentes de los Servicios Educativos Estatales, corresponde a una proporción del 40% del salario mensual para el año de 1997 y del 50% a partir del año 1998, de tal forma que, su pago proporcional estará determinado por la proporción según el tiempo efectivamente laborado en el calendario correspondiente cuando se ingrese con posterioridad al inicio del calendario académico, frente al 50% del salario mensual del docente o directivo docente, es decir, esta prima se liquida solo con base en el salario mensual.

Concepto 445261 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En materia salarial y prestacional habrá negociación en el ámbito nacional exclusivamente de conformidad con las posibilidades fiscales y presupuestales, de manera que, dado que no se cuenta con la facultad para negociar dichos emolumentos, no habrá lugar al pago de la misma. Respecto de los trabajadores oficiales, es necesario precisar que, los derechos mínimos para los trabajadores oficiales se encuentran establecidos en la Ley 6 de 1945, el Decreto 1083 de 2015 y el Decreto 1919 de 2002, frente al particular, es importante resaltar que estos mínimos pueden ser mejorados por acuerdo entre las partes en el contrato laboral de trabajo, la convención colectiva y el reglamento interno de trabajo.

Concepto 443121 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien en todas las opciones de inhabilidad contenidas en el artículo citado, están incluidos los cónyuges o compañeros permanentes, todas ellas están referidas a nombramientos o contrataciones en el respectivo departamento, distrito o municipio. En el caso de los Concejales, los nombramientos o contratos no podrán efectuar a parientes de los Concejales (en las modalidades y grados descritos en la norma), en el respectivo distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas. Según lo manifestado en su consulta, el nombramiento del esposo de una Concejal, se efectuaría en una ESE del orden departamental y, en tal virtud, en criterio de esta Dirección, no se presenta inhabilidad para que sea designado en esa entidad de salud, pues no se trata de una entidad del municipio o de una de sus entidades descentralizadas.

Decreto 805 de 2024 - Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

Modifica el numeral 2 del artículo 2,2.8.4.4. del Decreto 1078 de 2015, para fijar la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales para el período 2024 - 2026