Boletìn 3 - Julio 01 a 30 de 2025
El Decreto 769 de 2025t tiene por objeto promover el ofrecimiento y la prestación de servicios de órdenes de pago y transferencias de fondos por parte de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito a través de canales no presenciales.
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Mediante el Decreto 771 de 2025 se establece el rendimiento mínimo anual por préstamos otorgados por las sociedades a sus socios o accionistas, o de estos a la sociedad.
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Mediante el Decreto 768 de 2025 se adiciona el capítulo XVIII al Título 8 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, con referencia al Proceso Único de Policía para la Convivencia y Seguridad Ciudadana.
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El Decreto 770 de 2025 tiene como propósito complementar los requisitos de experiencia e idoneidad para la contratación del servicio educativo y modifica algunos artículos del Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación, incorporando la clasificación de los establecimientos educativos en los regímenes de libertad que mejores resultados de calidad presenten, tanto para la evaluación previa realizada por las entidades territoriales (actualización o conformación del Banco de Oferentes), como en la selección de las iglesias o confesiones religiosas contratistas a las que se le permitirá atender la población que requiere el servicio educativo oficial.
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Se corrige el valor de la bonificación establecida para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado, contemplada en el numeral 4 del artículo 2 del Decreto 0617 del 3 de junio de 2025, aplicable a quienes poseen título de Licenciado o de Profesional no Licenciado con Doctorado, pertenecientes al grado escalafón 3 y nivel salarial B.
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El Decreto 835 de 2025 crea una prima especial por actividad registral para los registradores de instrumentos públicos, principales y seccionales de la Superintendencia de Notariado y Registro, con carácter salarial, equivalente a cuarenta y cinco (45) días de asignación básica mensual.
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Se corrige el valor de la asignación básica establecida para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado, contemplada en el artículo 1 del Decreto 0596 del 3 de junio de 2025, aplicable a quienes poseen título de Licenciado o de Profesional no Licenciado con Doctorado, pertenecientes al grado escalafón 3 y nivel salarial B.
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El Congreso de la República expidió la Ley 2496 de 2025 “Por medio de la cual se modifica el marco jurídico de los Fondos de Empleados”. Mediante esta ley se modifica el Decreto Ley 1481 de 1989 y la ley 700 de 2001, con la finalidad de actualizar y dotar de marco jurídico de los Fondos de Empleados como empresas de economía solidaria. La personería jurídica será efectiva desde el momento en que se registre el acta de constitución en la Cámara de Comercio correspondiente con jurisdicción en su domicilio principal y la existencia jurídica del fondo de empleados se acreditará mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio competente. Por su parte, el patrimonio de los fondos de empleados estará conformado por: • Los aportes sociales individuales. • Los aportes amortizados. • Las reservas y fondos permanentes. • Las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial. • Los excedentes del ejercicio que no tengan destinación específica. Los asociados de los fondos de empleados deberán comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y a ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos o la asamblea. De la suma periódica obligatoria que debe entregar cada asociado, se destinará como mínimo una décima parte para aportes sociales. En todo caso, el monto total de la cuota periódica obligatoria no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso ordinario o mensual del asociado.
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Mediante el Decreto 855 de 2025 se crea y reglamenta el Sistema Único de Información del Deporte, estableciendo las disposiciones generales para su estructura, funcionamiento y gestión, conforme a lo previsto en el artículo 119 de la Ley 2294 de 2023.
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• Las copias digitalizadas solicitadas por la Agencia Nacional de Tierras, de los actos notariales, en formato electrónico o digitalizado, en el marco de los procesos de ordenamiento social de la propiedad rural, están exentas de todos los derechos notariales incluidos aquellos relacionados con la firma digital y el tránsito cibernético. • La donación de predios de propiedad privada de los miembros de comunidades indígenas o de terceros, con destino a los cabildos, resguardos, indígenas o al Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral con destinación específica a los procesos de titulación colectiva, adquisición, formalización, constitución, ampliación, saneamiento y reestructuración de resguardos indígenas.
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Mediante el Decreto 1090 de 2025, se dispone que a partir del 1 de enero de 2025 la asignación mensual de los miembros del Congreso de la República se reajustará en siete por ciento (7%).
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El Decreto 1098 de 2025 tiene por objeto implementar la reglamentación para la creación y fortalecimiento de las Instituciones de Educación Superior por parte de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en el marco del acuerdo NT2-40
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El Decreto 1117 de 2025 tiene por objeto reglamentar la compensación en dinero como medida de reparación principal en los procesos de restitución de tierras, para las víctimas del conflicto armado interno que se encuentren en el exterior y que voluntariamente lo soliciten, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 68B de la Ley 1448 de 2011, adicionado por el artículo 27 de la Ley 2421 de 2024.
Boletìn 3 - Julio 01 a 30 de 2025
Las vacaciones son un descanso remunerado al cual tienen derecho los servidores públicos después de un año continuo de servicios, mientras que la compensación busca reconocer en dinero ese descanso para que el empleado no suspenda sus labores, en el caso en consulta, porque la Administración requiere de la presencia del mismo. Para el alcalde municipal las vacaciones podrán ser compensadas por necesidades del servicio, cuando éste mismo funcionario lo determine.
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Las vacaciones son un descanso remunerado al cual tienen derecho los servidores públicos después de un año continuo de servicios, mientras que la compensación busca reconocer en dinero ese descanso para que el empleado no suspenda sus labores, en el caso en consulta, porque la Administración requiere de la presencia del mismo. Para el alcalde municipal las vacaciones podrán ser compensadas por necesidades del servicio, cuando éste mismo funcionario lo determine.
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Cada entidad u organismo público es responsable del diseño y la ejecución de los programas de bienestar social las entidades, para lo cual deberán seguir el proceso previsto en el artículo 25 del Decreto ley 1567 de 1998, así como de apropiar anualmente en sus respectivos presupuestos los recursos necesarios para el efectivo cumplimiento de las obligaciones emanadas de los programas de bienestar social o incentivos que se adopten.
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La Directiva Presidencial No. 07 de 2025, establece lineamientos para la implementación de una Política de Solidaridad Integral con el Pueblo Palestino. Conforme esta directiva todas las entidades deberán asegurar que sus actuaciones en torno a Palestina estén alineadas con el artículo 93 de la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Colombia, en especial los relacionados con derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario. Por su parte, se estableció que el seguimiento al cumplimiento de lo dispuesto en esta directiva por parte de las entidades destinatarias estará a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, entidad que podrá expedir los instructivos que considere necesarios para el efecto. Por lo que, se exhorta a las entidades públicas acatar las directrices de esta directiva, en aplicación del principio de colaboración armónica previsto en el artículo 113 de la Constitución Política.