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Concepto 193501 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Estará inhabilitado para ser personero quien sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil o tenga vínculos por matrimonio o unión permanente con los concejales que intervienen en su elección, con el alcalde o con el procurador departamental.

Concepto 193531 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidenció norma alguna que impida a un pariente en cuarto grado de consanguinidad de un ex integrante de la Junta Directiva de una ESE, ser designado como Gerente de Empresa Social del Estado. En tal virtud, esta Dirección Jurídica considera que no existe inhabilidad para que la prima del ex miembro de la Junta, sea designada en ese empleo.

Concepto 193541 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el caso de los empleados con derechos de carrera administrativa que se encuentren en periodo de prueba en otra entidad y en el entretanto se expide la lista de elegibles para su ascenso en la entidad en la cual se encuentra el empleo del cual son titulares, se considera viable su nombramiento y posesión, siempre que no hayan superado el periodo de prueba en la otra entidad y su registro no haya sido actualizado, toda vez que aún conservarían los derechos de carrera sobre esos empleos iniciales.

Concepto 193551 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un Conjuez en su calidad de servidor público, no puede suscribir contratos con entidades del Estado, en virtud de la prohibición contenida en el artículo 127 de la Constitución. Por consiguiente, para aceptar la designación de conjuez, deberá renunciar o ceder su contrato de prestación de servicios con la Personería de Bogotá, sin importar si corresponden a jurisdicciones diferentes.

Concepto 193561 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien al momento de ser elegido Personero, sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil o tenga vínculos por matrimonio o unión permanente con los concejales que intervienen en su elección, con el alcalde o con el Procurador departamental. Para el caso concreto, si para la fecha de elección del Personero, el alcalde ya no se encuentra ejerciendo su cargo, no se configura la inhabilidad para el hijo de quien ejerció este cargo.

Concepto 193571 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Revisada la legislación relacionada con las inhabilidades, no se encontró alguna que impida al hijo de un Auxiliar Administrativo, ser designado como Jefe de Oficina en la misma entidad. Ahora bien, aun cuando no se configura una inhabilidad para el caso consultado, los parientes deberán tener presentes las causales de conflicto de interés que puedan surgir en el desarrollo de sus funciones debido al parentesco.

Concepto 193661 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El Manual de Funciones de cada entidad, es expedido mediante un acto administrativo del jefe de la entidad y está precedido por los respectivos estudios técnicos elaborados por la unidad de personal o quien haga sus veces, conforme a las directrices de este Departamento Administrativo, quien, si así se solicita por parte de la entidad, podrá brindar la asesoría y acompañamiento correspondiente.

Concepto 193701 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se deberá renunciar al empleo para realizar un nuevo nombramiento en periodo de prueba de conformidad con las normas que rigen la materia, a consideración de la entidad.

Concepto 189341 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien haya ejercido el cargo de alcalde solo hasta doce meses después del vencimiento de su periodo o retiro del servicio, en criterio de esta Dirección Jurídica podrá suscribir contratos estatales con las entidades del respectivo ente territorial.

Concepto 189351 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe impedimento para que un empleado público pertenezca a un Cuerpo de Bomberos Voluntarios toda vez que, no existe norma que lo prohíba; no obstante, debe tener en cuenta que, como empleado público, deberá dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las labores encomendadas propias del cargo y deberá abstenerse de suscribir contratos con organismos privados que manejen o administren recursos públicos.