Decreto 2553 de 2015 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2553 de 2015

Fecha de Expedición: 30 de diciembre de 2015

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

AUXILIO DE TRANSPORTE
- Subtema: Fijación

Fija a partir del primero (1°) de enero de dos mil dieciséis (2016), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de SETENTA Y SIETE MIL SETENCIENTOS pesos mensuales ($ 77.700.00), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.

AUXILIO DE TRANSPORTE

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DECRETO 2553 DE 2015

 

(Diciembre 30)

 

Por el cual se establece el auxilio de transporte

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4 de 1992.

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1°.Auxilio de transporte- Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil dieciséis (2016), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de SETENTA Y SIETE MIL SETENCIENTOS pesos mensuales ($ 77.700.00), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.

 

ARTÍCULO 2°.- Vigencia El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero del año dos mil dieciséis (2016) y deroga el Decreto 2732 de 2014.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2015.

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

LUIS EDUARDO GARZON

 

EL MINISTRO DEL TRABAJO,

 

NATALIA ABELLO VIVES

 

LA MINISTRA DE TRANSPORTE,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.49741 de diciembre 30 de 2015.