¿Cada cuánto se debe realizar el reporte de discapacidad?
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Las entidades (según lo estipulado en el Decreto 2011 de 2017) deberán reportar , deberán reportar al Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP- en el primer bimestre de cada año el cumplimiento del porcentaje de vinculación de servidores con discapacidad a través del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público –SIGEP, el cual será la fuente oficial que se tendrá en cuenta para el reporte, por lo que las entidades y los servidores públicos deberán mantener actualizada la información solicitada en el SIGEP