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Función Pública y Mintrabajo expiden Decreto para garantizar vinculación de personal en condición de discapacidad

Bogotá, miércoles 6 de diciembre de 2017. Con el propósito de establecer un mecanismo que garantice el acceso de las personas en condición de discapacidad al empleo público, el Ministerio de Trabajo y Función Pública han expedido el Decreto 2011 de 2017, con el que se determina el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad, que deben cumplir todas las entidades del sector público en sus tres ramas y diversos niveles y sectores, incluyendo a los órganos autónomos e independientes.

 

De acuerdo con la Norma, el porcentaje será calculado de acuerdo con el tamaño de la planta de personal de cada entidad (que se obtiene de la suma de cargos de la planta permanente Integrada por empleos de libre nombramiento y remoción, de carrera administrativa, de periodo u otros que determine la ley; temporal, trabajadores oficiales y planta de trabajadores privados).
El decreto determina, así mismo, que "las entidades deberán efectuar el alistamiento necesario para el cumplimiento de la participación en términos de la vinculación del porcentaje requerido y de ajustes razonables para la inclusión de esta población".

 

Teniendo en cuenta esta disposición, las entidades con plantas que oscilen entre 1 y 1.000 empleos, tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2019 para disponer el 2% de los cargos de su planta a personas en condición de discapacidad; para el 31 de diciembre de 2023, este rubro ascenderá al 3%, y para el 31 de diciembre de 2027, se debe destinar el 4%.

 

Por su parte, las entidades públicas que tengan entre 1.001 y 3.000 empleos, deben disponer el 1% antes de finalizar el año 2019; el 2% al 31 de diciembre de 2023, y el 3% en el mismo día del año 2027.

 

Finalmente, las entidades con plantas mayores a 3.001 empleos deben disponer el 0,5% de sus cargos al 31 de diciembre de 2019; para la misma fecha del año 2023, el 1%, y el 2% al 31 de diciembre de 2027.

 

Es importante resaltar que las disposiciones de la Norma consideran el principio del mérito como mecanismo fundamental para el ingreso al empleo, así como en casos de ascenso en carrera administrativa o en los sistemas especiales de carrera de la administración pública.

 

Igualmente, de acuerdo con programas de estímulos ya emprendidos por la administración pública, se exhorta a las entidades a promover el uso de estrategias como el teletrabajo y horarios flexibles.

 

El cumplimiento de estas disposiciones debe ser reportado en el primer bimestre de cada año a través del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público, SIGEP, administrado por Función Pública.

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