Circular Externa 100-006 de 2025 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Externa 100-006 de 2025 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 12 de septiembre de 2025

Fecha de Entrada en Vigencia: 12 de septiembre de 2025

Medio de Publicación:

PARTICIPACIÓN
- Subtema: Participación de la Mujer en cargos máximos de poder decisorio.

Reporte de la participación de la Mujer en los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

CIRCULAR EXTERNA No. 100-006-2025

 

(Septiembre 12)

 

PARA:

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ÓRGANOS, ORGANISMOS Y ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL, RAMA LEGISLATIVA, RAMA JUDICIAL, ORGANIZACIÓN ELECTORAL, ÓRGANOS AUTÓNOMOS Y DE CONTROL.

DE:

DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

ASUNTO:

REPORTE DE LA PARTICIPACIÓN EFECTIVA DE LA MUJER EN LOS CARGOS DE MÁXIMO NIVEL DECISORIO Y OTROS NIVELES DECISORIOS.

 

El Departamento Administrativo de la Función Pública, en línea con las disposiciones que promueven la paridad de género en los cargos directivos como pilares fundamentales para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) No. 5 relacionado con "asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidad de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida políticaeconómica y pública''. y la meta definida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida"encaminada a lograr la paridad de género en los cargos de nivel directivo en la vigencia 2026, insta a los órganos, los organismos y las entidades destinatarias de la presente Circular a dar cumplimiento a las normas vigentes sobre la materia.

 

En ese sentido, las medidas dirigidas a eliminar las desigualdades sociales, económicas y políticas que enfrentan las mujeres por el hecho de ser mujer1, se materializan con la aplicación de la Ley 581 de 20002 (modificada en sus artículos 4 y 13 por la Ley 2424 de 2024) y el Decreto 0859 del 30 de julio de 20253, este último decreto aplicable a las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial, que establecen que la provisión de los cargos de naturaleza de libre nombramiento y remoción del nivel directivo, tanto en el máximo nivel decisorio como en otros niveles decisorios, deben ser ocupados por mujeres en un porcentaje mínimo del 50%, buscando de esta manera garantizar la participación plena y efectiva de las mujeres en instancias de decisión.

 

Es necesario aclarar que, para el caso de las ramas legislativa y judicial, así como la organización electoral, los órganos autónomos y de control, les serán aplicables los conceptos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 581 de 2000 (modificada por la Ley 2424 de 2024).

 

Al respecto, este Departamento Administrativo solicita a los órganos, los organismos y las entidades destinatarias de esta Circular realizar el reporte de la información relacionada con la provisión de los cargos de libre nombramiento y remoción del nivel directivo, así como el porcentaje de participación de las mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios a través del formulario denominado "Reporte Ley de Cuotas participación efectiva de la mujer en los cargos de nivel directivo en el Estado Colombiano vigencia 2025", el cual contiene las preguntas para recopilar los datos requeridos para la elaboración del informe anual señalado en el artículo 12 de la Ley 581 de 2000.

 

El cronograma y enlace para el reporte de la información es el siguiente:

 

Fecha de corte de lainformación

Fecha apertura delaplicativo

Fecha de cierre delaplicativo

15 de septiembre de 2025

15 de septiembre de 2025

10 de octubre de 20257:00 p.m.

Enlace reporte de información

https://www.funcionpublica.gov.co/eva/encuestador/encuestafp.php?encuesta=ley-cuotas-2025-r1 

Adicionalmente, es necesario tener en cuenta que el incumplimiento por parte de las entidades públicas del reporte de la información en el término establecido en la presente Circular, serán requeridas por la Procuraduría General de Nación, en el marco de la facultad otorgada por el artículo 16 de la Ley 581 de 2000 correspondiente a velar por el estricto cumplimiento de la ley.

 

Finalmente, la presente Circular constituye una invitación para alcanzar la paridad de género en los cargos de nivel directivo, con el fin de aumentar la efectiva participación de las mujeres en las diferentes instancias de la administración pública y contribuir a la igualdad de oportunidades de liderazgo en los niveles decisorios de la vida política, económica y pública.

 

Cordialmente,

 

MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN

 

DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

 

1. Sentencia de la Corte Constitucional C-371 de 2000, por medio de la cual se estudia la constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria.

 

2. "Por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones.

 

3. “Por el cual se sustituye el Capítulo 3 del Título 12 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en el sentido de reglamentar parcialmente la Ley 581 de 2000 modificada por la Ley 2424 de 2024”.