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Concepto 528521 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Por mandamiento legal, durante el período de prueba no será procedente efectuar ningún movimiento (incluso asignar un encargo) dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de un empleo cuyo perfil sea distinto al indicado en la convocatoria que sirvió de base para su nombramiento o ascenso.

Concepto 528511 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La facultad del nominador para realizar movimiento de personal por necesidades del servicio es por la razón de ser de los cargos o empleos, ya que no son creados en función de quien los van a desempeñar, sino de acuerdo a las necesidades de la organización y a los objetivos de las funciones que le sean asignadas por la ley y la Constitución. Por esto, los movimientos de personal encuentran su fundamento en las facultades con que cuenta la administración para satisfacer el interés general por medio del mantenimiento del orden al interior de la administración pública, y la facultad discrecional no es absoluta para el nominador puesto que los actos administrativos que realizan cualquier movimiento dentro de una entidad respectiva deben sujetarse a la Constitución para velar por los derechos de los empleados.

Concepto 526031 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es viable concluir que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 292 de la Constitución Política; así como en el inciso segundo del artículo 49 de la Ley 617 de 2000, los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y primer grado de afinidad de los concejales se encuentran inhabilitados para ser nombrados empleados públicos de las entidades públicas del respectivo municipio. Así las cosas, y como quiera que los hermanos se encuentran en segundo grado de consanguinidad, se colige que existe una prohibición expresa para que la hermana de un concejal sea nombrada un en un cargo público en una entidad del respectivo municipio.

Concepto 526461 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencia una norma que regule a partir de que distancia debe otorgarse una comisión de servicios, corresponde a la entidad reglamentar al interior de la misma las circunstancias que dan lugar al otorgamiento de la comisión y el correspondiente reconocimiento y pago de gastos de transporte y viáticos cuando los empleados se deben desplazar fuera del perímetro urbano de la sede física de la entidad para cumplir con sus deberes.

Concepto 526481 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien haya sido sancionado disciplinariamente tres o más veces en los últimos 5 años por faltas graves o leves dolosas o por ambas no podrá desempeñar cargos públicos, a partir de la ejecutoria del fallo. Debe anotarse que para que se configure la inhabilidad en mención, es indispensable que se trate de fallos disciplinarios en firme, lo que excluye investigaciones que no han llegado a término.

Concepto 526811 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La justificación para la creación de empleos de carácter temporal deberá contener la motivación técnica para cada caso, así como la apropiación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales. El ingreso a estos empleos se efectuará con base en las listas de elegibles vigentes para la provisión de empleos de carácter permanente, sin que dichos nombramientos ocasionen el retiro de dichas listas. De no ser posible la utilización de las listas se realizará un proceso de evaluación delas capacidades y competencias de los candidatos. La existencia de la planta temporal en una entidad u organismo público se encuentra atada a estrictas necesidades del servicio, su duración total no podrá ser superior a doce (12) meses y deberá guardar relación directa con el objeto y la naturaleza de la institución.

Concepto 528391 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los cónyuges, compañeros permanentes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, hermanos y nietos), primero de afinidad (suegros, yernos y nueras) y único civil (hijos adoptivos y padres adoptantes) de los alcaldes municipales y distritales, no podrán ser designados empleados públicos del respectivo distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas.

Concepto 523061 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para la realización del concurso de personero, los concejos municipales de un mismo departamento que pertenezcan a la misma categoría, podrán celebrar convenios interadministrativos asociados o conjuntos con organismos especializados técnicos e independientes dentro de la propia Administración Pública con el fin de realizar parcialmente los concursos de personero, o para que diseñen las pruebas para ser aplicadas simultáneamente en los distintos procesos de selección convocados por los municipios suscribientes.

Concepto 523381 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los padres, hijos, abuelos, hermanos y nietos de un servidor público del nivel directivo, como es el caso de un secretario de despacho municipal, se encuentran inhabilitados para suscribir contratos con la respectiva entidad, con independencia de quien sea el servidor público que los contrate

Concepto 523751 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Siempre que se cumpla con las condiciones, es viable considerar el traslado o la permuta de un empleado público; la norma no expone el número de veces que pueda realizarse, mientras se cumpla los requisitos de ley, en todo caso es de competencia del Jefe de Talento Humano o de quien haga sus veces, analizar el caso en concreto a la luz de la normativa anteriormente transcrita y decidir si ante una solicitud de permuta, procede o no.