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Concepto 122111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Existe inhabilidad para que el cónyuge o compañero permanente de un empleado público del nivel directivo, suscriba un contrato de prestación de servicios con la entidad en la que éste se encuentra vinculado, al configurarse la situación prevista como prohibida, en los términos del literal c, numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993. Ahora bien, en caso de que el contrato se suscriba con una entidad distinta a la que el empleado presta sus servicios, no se configurará la inhabilidad analizada.

Concepto 122121 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido concejal quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior a la elección haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social de salud en el régimen subsidiado en el respectivo ente territorial.

Concepto 122131 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Son empleados públicos quienes se encuentran vinculados al Estado mediante una relación legal y reglamentaria, para prestar sus servicios en entidades públicas, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y la ley. Estas personas se vinculan a la administración a través de acto de nombramiento para desarrollar o atender un conjunto de funciones que están previa y taxativamente descritas en la ley. El llamado para suplir la vacancia del titular por vacancia en un concejo municipal, se somete al régimen de incompatibilidades a partir de su posesión y por consiguiente, si decide aceptar el llamado, podrá continuar desempeñándose como miembro del consejo superior universitario de una universidad departamental, considerando que no incurriría en ninguna de las incompatibilidades consagradas en el artículo 45 de la Ley 136 de 1994.

Concepto 122151 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Está inhabilitado para ser concejal, quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contrato con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito, entendiendo por celebración el nacimiento del contrato, independientemente del tiempo que se tarde en su ejecución. No estará inhabilitado para aspirar al concejo municipal el contratista cuyo contrato se haya suscrito, antes de los doce meses que anteceden a la elección.

Concepto 122161 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Del análisis de las prohibiciones para ser alcalde establecidas en el artículo 95 de la Ley 136 de 1994, se colige que la circunstancia descrita en su consulta no está prevista como inhabilitante para quien es candidato a ese cargo de elección popular, esto es, la ley no estipula ninguna inhabilidad para aspirar al cargo de alcalde por ser pariente o cónyuge de quien ha suscrito un contrato de prestación de servicios con entidades públicas. En consecuencia, se infiere que quien es cónyuge o pariente de quien tiene suscrito un contrato con una entidad pública, podrá aspirar al cargo de alcalde, en los términos de la normativa analizada."

Concepto 122191 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El concepto de “cargo público alguno del orden nacional” consagrado en el inciso tercero del artículo 274 de la Constitución Política de Colombia, hace alusión a todos los vínculos Laborales con las diferentes entidades públicas del orden nacional, de acuerdo con la estructura orgánica descrita en el cuerpo del concepto. Por lo tanto, no podrá ser elegido Auditor General de la República quien haya desempeñado un cargo público dentro del año inmediatamente anterior a la elección, con excepción de la docencia. Los cargos de la planta de personal de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, incluyendo el cargo de Secretario General de una Comisión Constitucional Permanente, entran en la clasificación de “cargo público del orden nacional”, pues pertenecen a una entidad que tiene la categoría de ente nacional. En sentido opuesto, quien haya sido servidor público de una Gobernación, podrá ser elegido Auditor General de la República pues el cargo que ejerció es del nivel territorial."

Concepto 122281 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien un secretario de despacho ejerce autoridad administrativa, dichas actuaciones fueron realizadas en uno de los municipios que conforman el departamento donde aspira a ser elegido como diputado, evento que, no la inhabilitaría para su postulación a la asamblea departamental. No obstante, lo anterior, le corresponde como interesado determinar, si como empleado público del municipio intervino como ordenadora de gasto en la ejecución de recursos de inversión o en la celebración de contratos que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento caso en el cual, debió haber renunciado 1 año antes de la fecha de la elección. En caso de no estar incurso en la inhabilidad que precede, debe presentar renuncia, y esta ser aceptada, previo a la inscripción de su candidatura; en tanto como servidor público tiene prohibido participar en política, por expresa disposición constitucional y legal, salvo el derecho al sufragio que le asiste como ciudadano colombiano.

Concepto 122581 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se prohíbe la modificación de la nómina de las entidades del nivel territorial de la Rama Ejecutiva durante los cuatro meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular. En ese sentido, está prohibida la provisión de cargos salvo que se trate de solventar situaciones tales como renuncia, licencia o muerte que sean indispensables para el cabal funcionamiento de la Administración Pública, o cuando se trate de la designación de servidores públicos en cargos de carrera por el sistema de concurso público de méritos.

Concepto 122641 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 122821 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un contratista del orden departamental no estará inhabilitado para aspirar a un concejo o alcaldía, razón por la cual sólo deberá renunciar o ceder su contrato, si llega a ser elegido, antes de tomar posesión del cargo.