Gobierno reglamenta las licencias parental compartida y flexible de tiempo parcial para empleados públicos
Gobierno reglamenta las licencias parental compartida y flexible de tiempo parcial para empleados públicos
Enero 09 de 2025 08:37 AM
Antes de optar por las licencias se deben consultar las condiciones y requisitos
- Quienes laboran en el servicio público tendrán la opción de compartir las últimas seis semanas de la licencia de maternidad de la madre (licencia parental compartida), así como intercambiar tiempo de las licencias con media jornada laboral (licencia parental flexible de tiempo parcial).
Bogotá, Colombia, 8 de enero de 2025. El Departamento Administrativo de la Función Pública a través del Decreto 1605 de 2024, reglamentó para los empleados y empleadas públicas las figuras de licencia parental compartida, así como la licencia parental flexible de tiempo parcial.
La licencia parental compartida se otorga para separarse del empleo en el caso que los padres decidan de común acuerdo distribuirse las últimas 6 semanas de las 18 semanas de la licencia de maternidad a la que tiene derecho la madre.
En tanto que la licencia parental flexible de tiempo parcial permite a la madre y al padre cambiar un periodo determinado de sus licencias, por trabajo de medio tiempo.
Función Pública aclaró en el Decreto que para acceder a las licencias los empleados públicos deberán consultar las condiciones y requisitos establecidos en los Parágrafos 4 y 5 respectivamente, del Artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 2° de la Ley 2114 de 2021.
Las licencias contarán como tiempo de servicio activo, son aplicables para parejas adoptantes y para aquellas del mismo sexo, pero para este último caso cada licencia la tomará uno de los dos.
Para ampliar la información consulte el Decreto de 1605 de 2024.
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