Decreto 725 de 2016 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 725 de 2016

Fecha de Expedición: 02 de mayo de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Modificación Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal y la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Estructura Orgánica

por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 725 DE 2016

 

(Mayo 2)

 (Derogado por el Art. 4 del Decreto 674 de 2017)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable.

 

Que para los fines de este decreto se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:

 

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

MINISTROS CONSEJEROS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Tres (3)

Ministro Consejero del Presidente de la República

1185

Dos (2)

Consejero Presidencial

1175

Tres (3)

Director de la Presidencia II

1140

Un (1)

Director de la Presidencia I

1135

 

 

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

MINISTROS CONSEJEROS PARA EL SECTOR PRIVADO Y COMPETITIVIDAD

Dos (2)

Asesor

2210

14

Un (1)

Asesor

2210

13

Un (1)

Asesor

2210

07

Cuatro (4)

Asesor

2210

05

Tres (3)

Asesor

2210

03

Siete (7)

Asesor

2210

01

Ocho (8)

Profesional Especializado

3330

12

Un (1)

Profesional

3320

02

Un (1)

Profesional Especializado

3330

11

Un (1)

Profesional

3320

06

Tres (3)

Profesional

3320

02

Dos (2)

Profesional

3320

01

Un (1)

Técnico

4410

06

Tres (3)

Secretario de Despacho

5550

Dos (2)

Secretario Ejecutivo

5540

15

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

11

Cuatro (4)

Auxiliar Administrativo

5510

03

 

 

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

MINISTRO CONSEJERO PARA EL POSCONFLICTO, DERECHOS HUMANOS Y SEGURIDAD

Un (1)

Profesional Especializado

3330

12

Un (1)

Profesional

3320

07

 

 

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

MINISTRO CONSEJERO DE COMUNICACIONES

Un (1)

Asesor

2210

14

Cinco (5)

Asesor

2210

13

Un (1)

Asesor

2210

09

Un (1)

Asesor

2210

05

Dos (2)

Asesor

2210

03

Nueve (9)

Asesor

2210

01

Un (1)

Profesional Especializado

3330

11

Un (1)

Profesional Especializado

3330

08

Dos (2)

Profesional

3320

07

Cuatro (4)

Profesional

3320

06

Un (1)

Profesional

3320

02

Cinco (5)

Profesional

3320

01

Dos (2)

Técnico

4410

07

Un (1)

Técnico

4410

02

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

17

Cuatro (4)

Secretario Ejecutivo

5540

15

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

14

Un (1)

Secretario

5530

08

Un (1)

Secretario

5530

07

Dos (2)

Auxiliar Administrativo

5510

05

Dos (2)

Auxiliar Administrativo

5510

04

Dos (2)

Auxiliar Administrativo

5510

03

 

 

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ

Un (1)

Director de Programa Presidencial

1145

 

PARÁGRAFO. El empleo de Consejero Presidencial código 1175 de la Consejería Presidencial para el Sistema de Competitividad e Innovación se entenderá suprimido automáticamente a partir del 1° de julio de 2016.

 

ARTÍCULO 2º. Créanse los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:

 

No. De cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO

Un (1)

Secretario de Prensa

1160

Un (1)

Consejero Presidencial

1175

Un (1)

Director de la Presidencia I

1135

Tres (3)

Asesor

2210

14

Un (1)

Asesor

2210

13

Dos (2)

Asesor

2210

9

Un (1)

Asesor

2210

5

Tres (3)

Asesor

2210

3

Nueve (9)

Asesor

2210

1

Siete (7)

Profesional Especializado

3330

12

Un (1)

Profesional Especializado

3330

11

Tres (3)

Profesional

3320

7

Cuatro (4)

Profesional

3320

6

Dos (2)

Profesional

3320

2

Cinco (5)

Profesional

3320

1

Dos (2)

Técnico

4410

7

Un (1)

Técnico

4410

6

Dos (2)

Secretario de Despacho

5550

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

17

Cinco (5)

Secretario Ejecutivo

5540

15

Un (1)

Secretario

5530

8

Un (1)

Auxiliar Administrativo

5510

5

Dos (2)

Auxiliar Administrativo

5510

4

Seis (6)

Auxiliar Administrativo

5510

3

 

 

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

ALTAS CONSEJERIAS PRESIDENCIALES

Cuatro (4)

Alto Consejero Presidencial

1180

Un (1)

Consejero presidencial

1175

Un (1)

Director de la Presidencia II

1140

 

 

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA EL SECTOR PRIVADO Y COMPETITIVIDAD

Un (1)

Asesor

2210

7

Un (1)

Profesional Especializado

3330

12

Un (1)

Profesional

3320

1

Un (1)

Secretario de Despacho

5550

 

 

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL DE COMUNICACIONES

Un (1)

Asesor

2210

14

Cinco (5)

Asesor

2210

13

Un (1)

Asesor

2210

5

Un (1)

Asesor

2210

3

Tres (3)

Asesor

2210

1

Un (1)

Profesional Especializado

3330

11

Un (1)

Profesional

3320

2

Un (1)

Profesional

3320

1

Un (1)

Técnico

4410

2

Un (1)

Secretario Ejecutivo

554

15

Un (1)

Auxiliar Administrativo

5510

5

 

 

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA LAS REGIONES

Un (1)

Asesor

2210

7

Un (1)

Asesor

2210

5

Un (1)

Asesor

2210

3

Dos (2)

Asesor

2210

1

Un (1)

Profesional Especializado

3330

8

Un (1)

Profesional

3320

6

Un (1)

Profesional

3320

2

Un (1)

Secretario Ejecutivo

5540

14

Un (1)

Secretario

5530

7

No. de cargos

Denominación del empleo

Código

Grado

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ

Un (1)

Director de Fondo

1145

 

PARÁGRAFO 1. El cargo de asesor 2210 grado 09 adscrito al despacho del Director del Departamento, se entenderá creado a partir del 16 de junio de 2016.

 

PARÁGRAFO 2. El cargo de asesor 2210 grado 07 adscrito al despacho de la Alta

Consejería Presidencial para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad, se entenderá creado a partir del 1° de julio de 2016.

 

ARTÍCULO 3. Los empleos adscritos a los Despachos de los Ministros Consejeros para el Sector Privado, Competitividad y Equidad; para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad; y de Comunicaciones, así como de la Dirección para las Regiones, no afectados con las modificación de planta contemplada en este Decreto, continuarán adscritos a los Despachos de los Altos Consejeros Presidenciales para el Sector Privado, Competitividad y Equidad; para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad; de Comunicaciones, y para las Regiones, respectivamente, y cumplirán las mismas funciones asignadas a estas dependencias.

 

ARTÍCULO 4. La incorporación de los servidores que cambiaron de dependencia en virtud de la modificación de la planta de personal realizada en el presente decreto será efectuada dentro de los 30 días siguientes a la expedición del mismo.

 

ARTÍCULO  5. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los decretos 1888 de 2012, 1651 y 2595 de 2014, 0471 y 2146 de 2015, 127 de 2016 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 2 días del mes de mayo del año 2016

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTA MARÍA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

RAFAEL PARDO RUEDA

 

EL MINISTRO CONSEJERO PARA EL POSCONFLICTO, DERECHOS HUMANOS Y SEGURIDAD, ENCARGADO DEL EMPLEO DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 49.861 de mayo 2 de 2016.