Circular 004 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Circular 004 de 2019 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 05 de agosto de 2019

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

LEY DE CUOTAS
- Subtema: Participación de la Mujer

El Departamento Administrativo de la Función Pública , con el propósito de evaluar la participación efectiva de la mujer en los niveles decisorios de la administración pública, requiere a las entidades para que reporten la información respectiva a través de la página web.

CIRCULAR No. 004 DE 2019

 

Para: Representantes legales de las entidades de la Rama Legislativa, Ejecutiva y Judicial, Organización Electoral, Órganos Autónomos y de Control.

 

De: Director del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

Asunto: Aplicación Ley 581 del 2000 - Ley de Cuotas / Vigilancia Preventiva

 

Fecha: 5 de Agosto de 2019

 

Con el propósito de evaluar la participación efectiva de la mujer en los niveles decisorios de la administración pública y de presentar el informe al Congreso de la República sobre la provisión de cargos y el porcentaje de participación de las mujeres en cada rama y órgano de la administración pública (artículo 12 de la Ley 581 del 2000), se requiere que las entidades reporten la información respectiva en el siguiente enlace:

 

https://www.funcionpublica.gov.co/eva/encuestador/reporte-ley-cuotas-2019.php

 

Para ello, el cronograma para el reporte es el siguiente:

 

Fecha de corte de la información

Jueves, 8 de agosto de 2019

Periodo de reporte

Lunes, 12 de agosto al jueves,  12 de septiembre de 2019

Cierre del aplicativo

Viernes, 13 de septiembre de 2019

 

Adicionalmente, es importante mencionar que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 y del CONPES 3918 de 2018 se establecieron lineamientos para la efectiva implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en Colombia. En este sentido, la meta definida por el gobierno nacional para la medición de la igualdad de género en la administración pública tomó como referente lo establecido en la Ley 581 de 2000, y se estableció en el 50% para el 2022.

 

En consecuencia, se insta a todas las entidades públicas a que trabajen en pro del cumplimiento de dicha meta para que cada vez se vinculen más mujeres en los cargos directivos con el fin de aumentar su efectiva participación. Así mismo, se solicita a todos los representantes legales de las entidades públicas que en todos los cargos de libre nombramiento y remoción se garantice el avance hacia la equidad y paridad de género en el empleo público durante el presente gobierno.

 

Por último, se solicita a los Jefes de Control Interno verificar el cumplimiento de esta ley, su aplicación y el adecuado reporte de la información solicitada con la presente circular al Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

Cordialmente,

 

FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO

 

Director Departamento Administrativo de la Función Pública

 

D. Jiménez/F. Camargo/C. Hernández