Decreto 1177 de 2014
Fecha de Expedición: 27 de junio de 2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA
- Subtema: Planta de Personal
Se Suprime de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión y se genera la incorporación de los empleados a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1177 DE 2014
(Junio 27)
Por el cual se modifica la Planta de Personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales señaladas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
Que el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en la Ley 1444 de 2011, expidió el Decreto-ley 4057 del 31 de octubre de 2011, por el cual se suprimió el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
Que mediante Decreto 2404 del 30 de octubre de 2013, se prorrogó el plazo del proceso de supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), hasta el 27 de junio de 2014.
Que la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, elaboró la justificación técnica en la cual se determinaron las necesidades que en materia de personal requiere para atender sus funciones, la cual mereció concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, en los cargos creados en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, se establecieron las equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
Que el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, presentó estudio técnico de supresión de empleos y de incorporación directa de estos cargos a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, al Departamento Administrativo de la Función Pública, el cual se encontró ajustado técnicamente, por lo cual emitió concepto favorable.
Que para los fines de este Decreto se cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que de conformidad con lo expuesto, se hace necesario suprimir de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, los empleos que se relacionan más adelante,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, los siguientes empleos:
N° cargos |
Denominación del cargo |
Nivel |
Grado |
1 (Uno) |
Agente Secreto |
212 |
07 |
1 (Uno) |
Almacenista |
314 |
11 |
1 (Uno) |
Auxiliar Administrativo |
324 |
04 |
4 (Cuatro) |
Auxiliar de Servicios |
325 |
02 |
4 (Cuatro) |
Auxiliar de Servicios |
325 |
03 |
4 (Cuatro) |
Conductor |
317 |
06 |
1 (Uno) |
Criminalístico |
211 |
06 |
1 (Uno) |
Criminalístico |
211 |
07 |
1 (Uno) |
Criminalístico Técnico |
210 |
10 |
1 (Uno) |
Criminalístico Profesional |
209 |
15 |
12 (Doce) |
Detective |
208 |
06 |
7 (Siete) |
Detective |
208 |
07 |
5 (Cinco) |
Detective Profesional |
207 |
09 |
1 (Uno) |
Detective Profesional |
207 |
10 |
1 (Uno) |
Detective Profesional |
207 |
11 |
1 (Uno) |
Guardián |
214 |
04 |
1 (Uno) |
Mecánico |
318 |
05 |
1 (Uno) |
Oficial Técnico de Inteligencia |
204 |
09 |
2 (Dos) |
Oficial de Inteligencia |
203 |
15 |
1 (Uno) |
Pagador |
312 |
11 |
1 (Uno) |
Secretario |
309 |
04 |
1 (Uno) |
Secretario |
309 |
05 |
1 (Uno) |
Técnico Administrativo |
315 |
13 |
ARTÍCULO 2°. La incorporación de los empleados a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, se efectuará antes del cierre del proceso de supresión del DAS.
ARTÍCULO 3°. Los empleados públicos del Departamento Administrativo de Seguridad DAS en Supresión continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de junio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL VICEMINISTRO TÉCNICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ANDRÉS RESTREPO MONTOYA.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD (DAS) EN SUPRESIÓN,
RICARDO FABIO GIRALDO VILLEGAS.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 49195. 27 de junio de 2014.