Decreto 2107 de 2003
Fecha de Expedición: 29 de julio de 2003
Fecha de Entrada en Vigencia: 30 de julio de 2003
Medio de Publicación: Diario Oficial 45264 de julio 30 de 2003
FUERZAS MILITARES Y DE POLICÍA
- Subtema: Régimen Salarial y Pensional
Se deroga los artículos del Decreto 745 de 2002, respecto a bonificación especial mensual adicional, y reconocimiento y pago, o al reajuste según el caso de una Prima de Especialista, art. 1. Vigencia, art. 2.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 2107 DE 2003
(Julio 29)
"Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 745 de 2002".
El Presidente de la República, en desarrollo de las normas generales señaladas en el Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
. Deróganse los artículos 30 y 34 del Decreto 745 de 2002.Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Defensa Nacional,
Marta Lucía Ramírez de Rincón.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 45.264 de Julio 30 de 2003.