Decreto 4885 de 2011 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4885 de 2011

Fecha de Expedición: 22 de diciembre de 2011

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES (UNGRD)
- Subtema: Creación Planta de Personal

Establece la planta de personal de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

BIBIANA Normal BIBIANA 3 3 2019-04-18T19:37:00Z 2019-04-18T19:38:00Z 1 697 3839 Hewlett-Packard 31 9 4527 14.00 Clean Clean false 21 5,5 pto 14,95 pto 2 false false false ES-CO X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin-top:0cm; mso-para-margin-right:0cm; mso-para-margin-bottom:10.0pt; mso-para-margin-left:0cm; line-height:115%; mso-pagination:widow-orphan; font-size:11.0pt; font-family:"Calibri","sans-serif"; mso-ascii-font-family:Calibri; mso-ascii-theme-font:minor-latin; mso-hansi-font-family:Calibri; mso-hansi-theme-font:minor-latin; mso-fareast-language:EN-US;}

DECRETO 4885 DE 2011

 

(Diciembre 22)

 

Por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, y se dictan otras disposiciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Ley 1444 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD. 

 

Que en el decreto de creación de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, se dispuso que el Gobierno Nacional adoptará la planta de personal de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, de conformidad con la estructura prevista en el mismo. 

 

Que se presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable. 

 

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Las funciones de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: 

 

N° Cargos 

Denominación 

Código 

Grado 

1 (uno)

Director General de Entidad Descentralizada

0015

24

2 (dos)

Asesor

1020

11

1 (uno)

Asesor

1020

13

1 (uno)

Técnico Administrativo

3124

17

1 (uno)

Secretario Ejecutivo

4210

24

1 (uno)

Conductor Mecánico

4103

20

PLANTA GLOBAL 

1 (uno)

Subdirector General de Entidad Descentralizada

0040

22

3 (tres)

Subdirector General de Entidad Descentralizada

0040

21

1 (uno)

Jefe de Oficina

0137

20

3 (tres)

Jefe de Oficina Asesora

1045

14

3 (tres)

Profesional Especializado

2028

21

36 (treinta y seis)

Profesional Especializado

2028

18

1 (uno)

Profesional Especializado

2028

14

1 (uno)

Profesional Especializado

2028

13

12 (doce)

Profesional Universitario

2044

11

1 (uno)

Técnico Administrativo

3124

17

10 (diez)

Técnico Administrativo

3124

16

2 (dos)

Técnico Administrativo

3124

15

1 (uno)

Técnico Administrativo

3124

07

2 (dos)

Auxiliar Administrativo

4044

21

6 (seis)

Auxiliar Administrativo

4044

11

4 (cuatro)

Secretario Ejecutivo

4210

21

4 (cuatro)

Secretario Ejecutivo

4210

18

 

ARTÍCULO 2°. El Director General mediante resolución distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio. 

 

ARTÍCULO 3°. El Director General proveerá los empleos creados en el presente decreto, de acuerdo con las disposiciones legales vigente y conforme a las apropiaciones presupuestales. 

 

ARTÍCULO 4°. Los empleados públicos del Ministerio del Interior, continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal que se adopte para la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, y tomen posesión del cargo. El Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo percibirá la remuneración mensual y las demás prestaciones asignadas para el cargo que desempeña con cargo al Ministerio del Interior hasta el 31 de diciembre de 2011. 

 

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 4148 de 2011. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 22 días del mes diciembre de 2011.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

 

FEDERICO RENGIFO VÉLEZ.

 

EL SUBDIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

JORGE LUIS TRUJILLO ALFARO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48292. 23 de diciembre de 2011.