Decreto 2254 de 2015
Fecha de Expedición: 24 de noviembre de 2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
AGENCIA PARA LA REINCORPORACIÓN Y NORMALIZACIÓN-ARN
- Subtema: Modificación Planta de Personal
"Modifica la planta de personal de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas"
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DECRETO 2254 DE 2015
(Noviembre 24)
Por el cual se modifica la planta de personal de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 literales m) y n) y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, a efectos de modificar la planta de personal, presentó el correspondiente estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 de la Ley 019 de 2012 y 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.
Que para los fines del presente decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad presupuestal.
Que en virtud de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímanse de la planta de personal de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, los cargos que a continuación se describen:
Número de cargos |
Dependencia y Denominación del cargo |
Código |
Grado |
Despacho del Director General |
|||
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
15 |
1 (uno) |
Asesor |
1020 |
14 |
3 (tres) |
Asesor |
1020 |
12 |
1 (uno) |
Técnico Administrativo |
3124 |
11 |
1 (uno) |
Técnico Administrativo |
4044 |
22 |
1 (uno) |
Técnico Administrativo |
4044 |
16 |
Planta Global |
|||
2 (dos) |
Jefe de Oficina Asesora |
1045 |
17 |
1 (uno) |
Profesional Especializado |
2028 |
13 |
2 (dos) |
Profesional Universitario |
2044 |
11 |
2 (dos) |
Profesional Universitario |
2044 |
5 |
1 (uno) |
Técnico Administrativo |
3124 |
17 |
ARTÍCULO 2°. Créanse en la planta de personal de Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, los cargos que a continuación se describen:
Número de cargos |
Dependencia y Denominación del cargo |
Código |
Grado |
Despacho del Director |
|||
2 (dos) |
Profesional Especializado |
2028 |
21 |
Número de cargos |
Dependencia y Denominación del cargo |
Código |
Grado |
Planta Global |
|||
1 (uno) |
Subdirector Técnico |
0150 |
19 |
1 (uno) |
Subdirector Técnico |
0150 |
18 |
2 (dos) |
Jefe de Oficina Asesora |
1045 |
16 |
1 (uno) |
Jefe de Oficina Asesora |
1045 |
15 |
5 (cinco) |
Profesional Especializado |
2028 |
17 |
2 (dos) |
Técnico Administrativo |
3124 |
11 |
1 (uno) |
Técnico Administrativo |
4044 |
22 |
ARTÍCULO 3°. El Director General de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, proveerá los empleos creados en el presente decreto, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y los programas de la Entidad.
ARTÍCULO 4°. Los empleos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
ARTÍCULO 5°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos número 4975 de 2011 y 2413 de 2012.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de noviembre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
MARÍA LORENA GUTIÉRREZ BOTERO.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
LILIANA CABALLERO DURÁN.