Decreto 2484 de 2018
Fecha de Expedición: 28 de diciembre de 2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PRESUPUESTO
- Subtema: Vigencia Fiscal 2018
Efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación.
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MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO 2484 DE 2018
(Diciembre 28)
Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 103 de la Ley 1873 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley 1873 de 2017 se decretó el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, y mediante Decreto 2236 de 2017 se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2018, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron los gastos.
Que el artículo 103 de la Ley 1873 de 2017 establece que "(...) con el propósito de atender proyectos prioritarios del Sector Transporte, principalmente el Programa de Modernización del Parque Automotor de Carga y la construcción, mejoramiento y mantenimiento de la red vial, el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas, podrán reprogramar vigencias futuras autorizadas en los diferentes proyectos de inversión para la vigencia fiscal 2018."
Que el citado artículo 1 03 faculta al Gobierno Nacional para hacer los ajustes necesarios mediante decreto, sin cambiar, en todo caso, el monto total de gasto de inversión para la vigencia fiscal 2018 del sector.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS, en la sesión del 26 de febrero de 2018, autorizó la reprogramación de los cupos de vigencias futuras autorizados para el Proyecto de Concesión Ruta del Sol Sector 2.
Que el Jefe de Presupuesto de la Agencia Nacional de Infraestructura expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 718 del 2 de noviembre de 2018, en el que certifica que los recursos a contracreditar se encuentran disponibles y libres de afectación presupuestal.
Que la Ministra de Transporte, mediante el oficio MT No. 20181220515531 del 18 de diciembre de 2018, solicitó un ajuste al presupuesto de inversión del sector transporte de la vigencia fiscal 2018, en los términos previstos por el artículo 103 de la Ley 1873 de 2017.
Que el Departamento Nacional de Planeación mediante oficio 20184340728341 del 17 de diciembre de 2018, emitió concepto técnico económico favorable para el ajuste presupuestal solicitado por el Ministerio de Transporte.
Que el Ministerio de Transporte mediante oficio MT No.: 20181220520451 del 20 de diciembre de 2018, certificó que el proyecto objeto de crédito, se ajusta al concepto de priorización de que trata el artículo 103 de la Ley 1873 de 2017.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO 1. Ajuste al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúense los siguientes ajustes en el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, en la suma de CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 5.000.000.000.00), según el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS
CTA PROG |
SUBCTA SUBP |
CONCEPTO |
APORTE NACIONAL |
TOTAL |
|
SECCION: 2413 |
| ||
|
AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA |
| ||
|
TOTAL PRESUPUESTO |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |
|
C. INVERSION |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |
2401 |
INFRAESTRUCTURA RED VIAL PRIMARIA |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |
2401 |
600 |
INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 |
CRÉDITOS
CTA PROG |
SUBCTA SUBP |
CONCEPTO |
APORTE NACIONAL |
TOTAL |
|
SECCION: 2402 |
| ||
|
INSTITUTO NACIONAL DE VIAS |
| ||
|
TOTAL PRESUPUESTO |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |
|
C. INVERSION |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |
2401 |
INFRAESTRUCTURA RED VIAL PRIMARIA |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |
2401 |
0600 |
INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 |
ARTÍCULO 2 Liquidación del ajuste del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Contracreditese del presupuesto de gastos de inversión de la vigencia fiscal 2018 de la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI, la suma de CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 5.000.000.000.00), en el rubro y cuantía que se relaciona a continuación:
CONTRACRÉDITOS
CTA PROG |
SUBCTA SUBP |
OBJ PROY |
ORD SPRY |
REC |
CONCEPTO |
APORTE NACIONAL |
TOTAL |
|
SECCION: 2413 |
| |||||
|
AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA |
| |||||
|
TOTAL PRESUPUESTO |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | ||||
|
C. INVERSION |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | ||||
2401 |
INFRAESTRUCTURA RED VIAL PRIMARIA |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | ||||
2401 |
0600 |
INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |||
|
MEJORAMIENTO APOYO ESTATAL |
| |||||
2401 |
0600 |
12 |
|
11 |
PROYECTO DE CONCESIÓN RUTA DEL SOL SECTOR 2 NACIONAL |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 |
ARTÍCULO 3. Con base en el contracrédito del artículo segundo, acredítense los gastos de inversión para la vigencia fiscal de 2018 en la suma de CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 5.000.000.000.00), en el Instituto Nacional de Vías, así:
CRÉDITOS
CTA PROG |
SUBCTA SUBP |
OBJ PROY |
ORD SPRY |
REC |
CONCEPTO |
APORTE NACIONAL |
TOTAL |
|
SECCION: 2402 |
| |||||
|
INSTITUTO NACIONAL DE VIAS |
| |||||
|
TOTAL PRESUPUESTO |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | ||||
|
C. INVERSION |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | ||||
2401 |
INFRAESTRUCTURA RED VIAL PRIMARIA |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | ||||
2401 |
0600 |
INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 | |||
2401 |
0600 |
51 |
|
11 |
CONSTRUCCION OBRAS DE EMERGENCIA PARA LA RED VIAL NACIONAL |
5,000,000,000 |
5,000,000,000 |
ARTÍCULO 4 Con el propósito de efectuar los ajustes necesarios en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, adoptará los procedimientos correspondientes al registro y operatividad de la información presupuestal que se deriven del presente decreto.
ARTÍCULO 5 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional hará por resolución las aclaraciones y correcciones para enmendar los errores de transcripción y aritméticos en caso de que llegaren a presentarse.
ARTÍCULO 6. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de diciembre de 2018
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR~DITO PÚBLICO,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. ** de 28 de diciembre de 2018.