Decreto 2189 de 2016 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2189 de 2016

Fecha de Expedición: 28 de diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Subtema: Estructura Orgánica

Adiciona y modifica el Decreto 87 de 2011 que modificó la estructura del Ministerio de Transporte.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2189 DE 2016

 

(Diciembre 28)

 

“Por el cual se adiciona y modifica el Decreto número 087 de 2011.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la consagrada en los artículos 189, numeral 16, de la Constitución Política y 54 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto número 087 de 2011, se modificó la estructura del Ministerio de Transporte y se determinaron las funciones de sus dependencias. 

 

Que teniendo en cuenta los principios de eficacia y eficiencia de la función pública, se hace necesario otorgar al Viceministro de Transporte del Ministerio de Transporte, la facultad de designar los miembros del comité evaluador de las propuestas presentadas en desarrollo del concurso para la adjudicación de rutas y horarios de las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera y los modos de su competencia. 

 

Que en los numerales 5.3.1.1 y 5.3.1.3 del artículo 5° del Decreto número 087 de 2011, se encuentran la Subdirección de Transporte y las Direcciones Territoriales, como parte de la estructura del Ministerio de Transporte. 

 

Que los artículos 15 y 17 del citado decreto establecen las funciones de la Subdirección de Transporte y de las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte, entre las cuales está la de otorgar, negar, modificar, reestructurar y revocar las rutas y horarios a las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera. 

 

Que por lo anterior, se hace necesario eliminar duplicidad de funciones y las barreras que impidan la oportuna, transparente, eficiente y eficaz prestación del servicio. 

 

Que en mérito de lo expuesto 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1°. Adiciona el numeral 13.6. al Decreto 87 de 2011. Adiciónese un numeral al artículo 13 del Decreto número 087 de 2011, el cual quedará así: 

 

“13.6. Designar los miembros del comité evaluador de las propuestas presentadas en desarrollo del concurso para la adjudicación de rutas y horarios de las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera y los demás modos de su competencia”. 

 

ARTÍCULO  2°. Modifica el numeral 15.7. del Artículo 15 del Decreto 87 de 2011. Modifícase el numeral 15.7 del artículo 15 del Decreto número 087 de 2011, el cual quedará así: 

 

“15.7. Expedir los actos administrativos en relación con los procesos de homologaciones, habilitación, permiso de operación, adjudicación, negación, modificación, reestructuración, revocatoria de rutas y horarios; capacidad transportadora; declaratoria de vacancia o aban­dono de rutas y horarios; de las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera y de los demás modos de su competencia”. 

 

ARTÍCULO  3°. Modifica el numeral 17.7. del Artículo 17 del Decreto 87 de 2011. Modifícase el numeral 17.7 del artículo 17 del Decreto número 087 de 2011, el cual quedará así: 

 

“17.7. Expedir, modificar o cancelar las tarjetas de operación para los vehículos vincu­lados a las empresas de transporte, de acuerdo con la capacidad asignada para los nuevos servicios”. 

 

ARTÍCULO  4°. Deroga el numeral 17.4. del Artículo 17 del Decreto 87 de 2011. Deróguese el numeral 17.4 del artículo 17 del Decreto número 087 de 2011. 

 

ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de diciembre de 2016.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

 

JORGE EDUARDO ROJAS GIRALDO.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 50100. 28 de diciembre de 2016.