Decreto 3517 de 2006
Fecha de Expedición: 09 de octubre de 2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES. - CAPRECOM. (EN LIQUIDACIÓN)
- Subtema: Estructura Orgánica
Por el cual se modifican los artículos 21 y 23 del Decreto 520 de 2003, asignando funciones de Caja Nacional de Previsión Social EPS, en materia de Seguridad Social a CAPRECOM
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 3517 DE 2006
(Octubre 09)
Modifica en lo pertinente el Artículo 21 del Decreto 520 de 2003. Modifica en lo pertinente el Artículo 23 del Decreto 520 de 2003.
“Por el cual se modifican los artículos 21 y 23 del Decreto 520 de 2003.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 7º de la Ley 314 de 1996,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. A partir de la fecha de vigencia del presente decreto, las competencias asignadas a la Caja Nacional de Previsión Social EPS por los artículos 21 y 23 del Decreto 520 de 2003, se entienden asignadas a la Caja de Previsión Social de las Comunicaciones, Caprecom, o la entidad que haga sus veces.
ARTÍCULO 2º. El Ministerio de Minas y Energía deberá pagar a Caprecom una cuota de administración, que se fijará previo convenio entre las dos entidades y que será incrementada anualmente por lo menos en un porcentaje equivalente al IPC, con base en el estudio de costos que efectúe Caprecom.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D. C., a los 9 días del mes de octubre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,
HERNÁN MARTÍNEZ TORRES.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 46417. 10 de octubre de 2006.