Decreto 2140 de 1992
Fecha de Expedición: 30 de diciembre de 1992
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA - CORABASTOS - SEM
- Subtema: Estructura Orgánica
Por el cual se reestructura las corporaciones o centrales de abastos.
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DECRETO 2140 DE 1992
(Diciembre 30)
“Por el cual se reestructura las corporaciones o centrales de abastos.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de que trata el mismo artículo,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. CESE DE PARTICIPACIÓN. De conformidad con las normas estatutarias y legales correspondientes, la Nación y las entidades del sector agropecuario del orden nacional dejarán de participar en las Corporaciones o Centrales de Abastos, dentro de un plazo no mayor de un (1) año contado a partir de la vigencia del presente decreto.
ARTÍCULO 2º. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 30 días del mes de diciembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ
EL MINISTRO DE AGRICULTURA,
ALFONSO LOPEZ CABALLERO
NOTA: Publicado en el Diario Oficial N. 40703. 31 de diciembre de 1992.