Decreto 4599 de 2008 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4599 de 2008

Fecha de Expedición: 02 de diciembre de 2008

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

INSTITUTO DE CASAS FISCALES DEL EJÉRCITO ICFE. - EP.
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de Empleados Públicos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército y se dictan otras disposiciones

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

Gloria Jimenez DECRETO 4599 DE 2008. Gloria Jimenez 2 3 2015-12-17T13:50:00Z 2015-12-17T13:50:00Z 4 942 5181 esportsc 43 12 6111 14.00 Clean Clean false 21 false false false ES-CO X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin:0cm; mso-para-margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:10.0pt; font-family:"Calibri","sans-serif";}

DECRETO 4599 DE 2008

 

(Diciembre 5)

 

“Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de Empleados Públicos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército y se dictan otras disposiciones.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades que le confieren los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, el artículo 13 del Decreto 770 de 2005, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto-ley 770 de 2005 suprimió de los niveles jerárquicos el Ejecutivo, eliminando por consiguiente las denominaciones existentes; redefinió las funciones del nivel profesional y ordenó a las entidades ajustar los empleos a la nueva nomenclatura y clasificación;

 

Que el artículo 21 del Decreto 092 de 2007, dispone que las entidades que integran el Sector Defensa deberán ajustar sus plantas de personal al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización "TO" expedida para cada entidad o dependencia;

 

Que mediante Resolución número 343 del 27 de noviembre de 2007, fue expedida la Tabla de Organización "TO" de la Planta de Personal del Instituto de Casas Fiscales del Ejército a que se refiere el artículo 20 del Decreto 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;

 

Que el Instituto de Casas Fiscales del Ejército, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal de conformidad con el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de los empleos contemplada en el Decreto 092 de2007;

 

Que el Consejo Directivo del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, en sesión del 27 de Marzo de 2008, según Acta número 002, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional el ajuste y modificación de la planta de personal,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Ajustase la planta de personal de empleados públicos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, así:

 

N DE CARGOS

 

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CODIGO

GRADO

 

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

 

 

1 (Uno)

 

Director General de Entidad Descentralizada adscrita del Sector Defensa

1-2

16

 

PLANTA GLOBAL

 

 

1 (Uno)

 

Subdirector del Sector Defensa

1-2-1

14

2 (Dos)

 

Profesional de Defensa

3-1

14

5 (Cinco)

 

Profesional de Defensa

3-1

06

3 (Tres)

 

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

5-1

25

3 (Tres)

 

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

5-1

23

2 (Dos)

 

Técnico de Servicios

5-1

23

2 (Dos)

 

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

5-1

20

4 (Cuatro)

 

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

5-1

16

2 (Dos)

 

Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa

6-1

25

3 (Tres)

 

Auxiliar de Servicios

6-1

25

9 (Nueve)

 

Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa

6-1

18

1 (Uno)

 

Auxiliar de Servicios

6-1

18

2 (Dos)

 

Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa

6-1

17

 

ARTÍCULO 2°. Apruébase la supresión de los siguientes empleos de la planta de personal del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, así:

 

N DE CARGOS

 

DENOMINACION DEL CARGO

 

CODIGO

GRADO

 

 

 

 

 

 

3 (Tres)

 

Jefe de Oficina

 

2045

14

 

 

 

 

 

 

3 (Tres)

 

Jefe de División

 

2040

14

1 (Uno)

 

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

 

5-1

16

 

ARTÍCULO 3°. Apruébase la creación en la planta de personal del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, los siguientes empleos:

 

N DE CARGOS

 

DENOMINACION DEL CARGO

 

CODIGO

GRADO

 

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

 

 

3 (Tres)

 

Asesor del Sector Defensa

 

2-2

16

 

PLANTA GLOBAL

 

 

1 (Uno)

 

Subdirector del Sector Defensa

 

1-2-1

14

1 (Uno)

 

Profesional de Defensa

 

3-1

17

1 (Uno)

 

Profesional de Defensa

 

3-1

10

 

ARTÍCULO 4º. Los empleados que gozan de protección especial, de conformidad con la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003, continuarán vinculados a la planta de personal aprobada en el presente decreto.

 

ARTÍCULO 5º. El número de trabajadores oficiales al servicio del Instituto de Casas Fiscales del Ejército es de cincuenta y nueve (59).

 

ARTÍCULO 6º. Los empleados públicos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, serán incorporados directamente a los empleos equivalentes establecidos en el presente decreto si los hubiere y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal. Los demás empleos serán provistos de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

 

PARÁGRAFO. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia.

 

ARTÍCULO 7º. El Director General del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO 8º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 820 del 30 de abril de1998.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 5 días del mes de diciembre de 2008.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERON.

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. No. 47194. 5, de Diciembre de 2008. PAG. 17.