Decreto 4172 de 2007
Fecha de Expedición: 29 de octubre de 2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL. - EP.
- Subtema: Estructura Orgánica
Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de empleados públicos de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL. - EP.
- Subtema: Planta de Personal
Ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de empleados públicos de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional.
CAJA PROMOTORA DE VIVIENDA MILITAR Y DE POLICÍA.
- Subtema: Estructura Orgánica
Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de empleados públicos de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
(Octubre 29)
“Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de empleados públicos de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007 y el Decreto 1666 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 del Decreto ley 092 de 2007 ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización "TO" expedida para cada entidad o dependencia;
Que mediante Resolución número 1118 del 26 de marzo de 2007, modificada mediante Resolución número 1832 del 14 de mayo de 2007, fue expedida la Tabla de Organización "TO" de la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de Policía Nacional, a que se refiere el artículo 20 del Decreto-ley 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;
Que el Consejo Directivo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal que se establece en el presente decreto, como consta en el Acta número 61 del 2 de abril de 2007,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.La planta de personal de empleados públicos de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, será la siguiente:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
N° DE CARGOS |
DENOMINACIÓN DEL CARGO |
CÓDIGO |
GRADO |
1 (uno) |
Director General de Entidad Descentralizada adscrita del Sector Defensa |
1-2 |
17 |
1 (uno) |
Asesor del Sector Defensa |
2-2 |
26 |
3 (tres) |
Profesional de Defensa |
3-1 |
06 |
1 (uno) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
26 |
1 (uno) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
18 |
1 (uno) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
15 |
PLANTA GLOBAL
N° DE CARGOS |
DENOMINACIÓN DEL CARGO |
CÓDIGO |
GRADO |
3 (tres) |
Subdirector del Sector Defensa |
1-2-1 |
14 |
1 (uno) |
Jefe de Oficina del Sector Defensa |
1-4 |
09 |
2 (dos) |
Jefe de Oficina Asesora del Sector Defensa |
2-1 |
24 |
6 (seis) |
Profesional de Defensa |
3-1 |
14 |
12 (doce) |
Profesional de Defensa |
3-1 |
10 |
5 (cinco) |
Profesional de Defensa |
3-1 |
08 |
7 (siete) |
Profesional de Defensa |
3-1 |
06 |
1 (uno) |
Técnico Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
5-1 |
26 |
5 (cinco) |
Técnico Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
5-1 |
25 |
1 (uno) |
Técnico de Servicios |
5-1 |
25 |
19 (diecinueve) |
Técnico Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
5-1 |
23 |
7 (siete) |
Técnico de Servicios |
5-1 |
23 |
2 (dos) |
Técnico Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
5-1 |
22 |
1 (uno) |
Técnico Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
5-1 |
20 |
2 (dos) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
33 |
5 (cinco) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
31 |
1 (uno) |
Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
31 |
1 (uno) |
Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
26 |
3 (tres) |
Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
25 |
1 (uno) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
25 |
1 (uno) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
23 |
5 (cinco) |
Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
21 |
1 (uno) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
21 |
11 (once) |
Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
18 |
9 (nueve) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
18 |
9 (nueve) |
Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
17 |
5 (cinco) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
17 |
26 (veintiséis) |
Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa |
6-1 |
15 |
4 (cuatro) |
Auxiliar de Servicios |
6-1 |
15 |
ARTÍCULO 2º.El Director General de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 3º.Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, serán incorporados en los cargos de los que trata el artículo 1º, en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.
ARTÍCULO 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 1020 del 1º de abril de 2004.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los 29 días de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
JUAN MANUEL SANTOS C.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial Año. CXLIII No. 46797.30.octubre de 2007. Pág.9.