Decreto 4171 de 2007 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 4171 de 2007

Fecha de Expedición: 29 de octubre de 2007

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

admi8in Normal Gloria Jimenez 2 0 2015-12-14T18:14:00Z 2015-12-14T18:14:00Z 3 589 3240 Hewlett-Packard Company 27 7 3822 14.00 Clean Clean false 21 false false false ES-CO X-NONE X-NONE /* Style Definitions */ table.MsoNormalTable {mso-style-name:"Tabla normal"; mso-tstyle-rowband-size:0; mso-tstyle-colband-size:0; mso-style-noshow:yes; mso-style-priority:99; mso-style-parent:""; mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt; mso-para-margin:0cm; mso-para-margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:10.0pt; font-family:"Calibri","sans-serif";}

DECRETO 4171 DE 2007

 

(Octubre 29)

 

“Por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

 En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007 ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización "TO" expedida para cada entidad o dependencia;

 

Que mediante Resolución número 1620 del 30 de abril de 2007, fue expedida la Tabla de Organización "TO" de la Planta de Personal de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a que se refiere el artículo 20 del Decreto ley 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;

 

Que el Superintendente de Seguridad y Vigilancia Privada decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal que se establece en el presente decreto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.La planta de personal de Empleados Públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, será la siguiente:

 

PLANTA GLOBAL

 

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

1 (uno)

Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada

1-2

25

1 (uno)

Secretario General de Superintendencia

1-2-1

22

2 (dos)

Superintendente Delegado del Sector Defensa

1-2

23

5 (cinco)

Asesor del Sector Defensa

2-2

26

1 (uno)

Asesor del Sector Defensa

2-2

24

2 (dos)

Jefe de Oficina del Sector Defensa

1-4

16

2 (dos)

Jefe de Oficina Asesora del Sector Defensa

2-1

28

10 (diez)

Profesional de Defensa

3-1

19

14 (catorce)

Profesional de Defensa

3-1

16

10 (diez)

Profesional de Defensa

3-1

10

10 (diez)

Profesional de Defensa

3-1

8

3 (tres)

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

5-1

31

10 (diez)

Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa

5-1

26

19 (diecinueve)

Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa

6-1

26

1 (uno)

Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa

6-1

28

2 (dos)

Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa

6-1

13

 

ARTÍCULO 2°. El Superintendente de Seguridad y Vigilancia Privada, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

 

Artículo 3°. Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, serán incorporados en los cargos de los que trata el artículo 1º, en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.

 

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 2356 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 29 días de octubre de 2007.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

 

JUAN MANUEL SANTOS C.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN

PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial Año CXLIII. N. 46797. 30, Octubre, 2007. Pág. 8.