Decreto 1896 de 2009 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1896 de 2009

Fecha de Expedición: 22 de mayo de 2009

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se aprueba la modificación de la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública ESAP.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1896 DE 2009

 

(Mayo 22)

 

“Por el cual se aprueba la modificación de la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública –ESAP–.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Consejo Directivo Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública –ESAP– según Acta número 008 del 14 de agosto de 2006, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su estructura,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1°. Modifica el Artículo 13 del Decreto 219 de 2004. Modifiquese el artículo 13 del Decreto 219 de 2004, en el sentido de suprimir de la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública –ESAP– el numeral 8.2 < sic> Consejo Directivo Territorial.

 

ARTÍCULO  2°. Modifica el Artículo 29 del Decreto 219 de 2004. Modifiquese el artículo 29 del Decreto 219 de 2004, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO 29. Estructura de las Direcciones Territoriales. La estructura de las Direcciones Territoriales será la siguiente:

 

1. Dirección Territorial.

 

1.1 Consejo Académico Territorial.

 

1.2 Centro Territorial de Administración Pública, Cetap”.

 

ARTÍCULO  3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos 13 y 29 del Decreto 219 de 2004 y deroga los artículos 32 y 33 del Decreto 219 de 2004.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de mayo del año 2009.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

NOTA. Publicado en el Diario Oficial 47.357 de 22 de mayo de 2009