Decreto 3008 de 2005 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 3008 de 2005

Fecha de Expedición: 30 de agosto de 2005

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 3008 DE 2005

 

(Agosto 30)

 (Derogado por el Art. 19 del Decreto 1517 de 2021)

 

“por el cual se crea la Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial en desarrollo de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria. Créase la Comisión Intersectorial para coordinar y orientar el estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria con el fin de garantizar la debida coordinación de las entidades estatales para la revisión de los actuales esquemas de concesión.

 

ARTÍCULO 2°. Conformación de la Comisión Intersectorial para la coordinación y orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria. La Comisión Intersectorial para la coordinación, orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria estará integrada por:

 

1. El Ministro de Transporte, quien la presidirá.

 

2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

 

3. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo.

 

4. El Ministro de Minas y Energía.

 

5. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

 

6. El Director del Departamento Nacional de Planeación.

 

7. El Director del Instituto Nacional de Concesiones, INCO.

 

8. El Director de la Corporación Autónoma del Río Grande de la Magdalena, Cormagdalena, o su delegado.

 

PARÁGRAFO. La Comisión se dará su propio reglamento y la Secretaría Técnica la ejercerá el Instituto Nacional de Concesiones, INCO.

 

ARTÍCULO 3°. Función de la Comisión Intersectorial para la coordinación y orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria. La Comisión Intersectorial para la coordinación y orientación del estudio y revisión del esquema contractual de concesiones en materia portuaria formulará recomendaciones a las entidades competentes con una visión integral que permita optimizar la revisión del esquema de concesión actual, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el Documento Conpes 3342 "Plan de Expansión Portuaria 2005-2006".

 

ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de agosto del año 2005.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO.

 

EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,

 

JORGE HUMBERTO BOTERO ANGULO.

 

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

 

SANDRA SUÁREZ PÉREZ.

 

LA MINISTRA DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,

 

ANDRÉS URIEL GALLEGO HENAO.

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

 

SANTIAGO MONTENEGRO TRUJILLO.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN,

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46.017 de 01 de julio de 2005.