Decreto 2882 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2882 de 2013

Fecha de Expedición: 11 de diciembre de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia: 22 de enero de 2014

Medio de Publicación: Diario Oficial 49041 de enero 22 de 2014

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
- Subtema: Facultades Extraordinarias

Por el cual se corrige un yerro en el artículo 1° de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, por la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones, en la medida que el artículo hace una referencia a la Ley 1426 de 2010, siendo lo correcto mencionar la Ley 1406 de 2010.

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DECRETO 2882 DE 2013

(Diciembre 11)

Por el cual se corrige un yerro en el artículo 1° de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, por la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 10 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el Secretario General de la Cámara de Representantes, con oficio de fecha 12 de noviembre del presente año, corre traslado de una solicitud para que sea corregido el yerro en la cita o referencia de una ley, evidenciado en el artículo 1° de la Ley 1529 de 2012.

En efecto, en dicho artículo se hace una referencia a la Ley 1426 de 2010, siendo lo correcto mencionar la Ley 1406 de 2010.

Que sancionada y promulgada la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012 y advertido el yerro descrito, hace necesario corregirlo.

Que la posibilidad de efectuar tal corrección encuentra fundamento en lo previsto en el artículo 45 de la Ley de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, que señala: “Los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador” y sentencia C-520 de 1998 de la Corte Constitucional.

Que en consecuencia, en virtud de que no queda duda alguna sobre la intención del legislador, se hace necesario corregir el yerro en el artículo 1° de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012 “por medio de la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones”.

DECRETA:

Artículo  1°. Corríjase el artículo de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, por la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones, la cual quedará así:

Artículo 1°. El artículo 16 de la Ley 75 de 1989 modificado por la Ley 1406 de 2010, quedará así: “El Aeropuerto Internacional de Bogotá, D. C. se llamará Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento”.

Artículo 2°. Publíquese en el Diario Oficial la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, con la corrección que se establece en el presente decreto.

Artículo 3°. El presente decreto deberá entenderse incorporado a la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012 y rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Ministra de Transporte,

Cecilia Álvarez-Correa Glen.

La Ministra de Cultura,

Mariana Garcés Córdoba.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 49041 de enero 22 de 2014