Decreto 1191 de 2012 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1191 de 2012

Fecha de Expedición: 05 de junio de 2012

Fecha de Entrada en Vigencia: 05 de junio de 2012

Medio de Publicación: Diario Oficial 48452 del 5 de junio de 2012

PRESUPUESTO RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIONES
- Subtema: Apropiaciones Presupuestales

Adiciona el Presupuesto de rentas y recursos de capital para la vigencia fiscal de 2012 la suma de $4.657.645.091 y al presupuesto de de gastos o ley de apropiaciones la gastos o ley de apropiaciones la suma de $4.657.645.091 y efectúa la correspondiente liquidación.

PRESUPUESTO RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIONES DE LA NACIÓN
- Subtema: Vigencia 2012

Adiciona el Presupuesto de rentas y recursos de capital para la vigencia fiscal de 2012 la suma de $4.657.645.091 y al presupuesto de de gastos o ley de apropiaciones la gastos o ley de apropiaciones la suma de $4.657.645.091 y efectúa la correspondiente liquidación.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1191 DE 2012

(Junio 5)

Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012 y se efectúa la correspondiente liquidación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular, las previstas en los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República, en virtud del artículo 349 de la Constitución Política, expidió la Ley 1485 de 2011, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012 la cual se liquidó por medio del Decreto 4970 de 2011;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Gobierno de la República de Colombia suscribió un acuerdo con el Ministro Holandés de Cooperación para el Desarrollo a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Departamento Nacional de Planeación de la República de Colombia, el 25 de junio de 2007, cuya finalidad es el desarrollo del Programa de Enfoque Sectorial para el Sector Ambiental – Programa número 16350 – BOG0099147;

Que en el marco de esta cooperación se dejaron de ejecutar recursos en cuantía de $4.657.645.091, apropiados en la vigencia fiscal 2011 y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante oficio 8130-2-31963 del 4 de mayo de 2012, solicita la incorporación en el presupuesto de la presente vigencia fiscal de $4.657.645.091;

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que el citado artículo prevé que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;

Que el Coordinador de Presupuesto Cuentas y Contabilidad del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible certificó la existencia del saldo no ejecutado del 2011 y el saldo por incorporar en el presupuesto de 2012 en la cuenta del Banco de la República número 61016515, denominada -"DTN Donación Holandesa, Minambiente, Minhacienda, DNP";

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante oficio DIFP-20122650001486 del 3 de mayo de 2012, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición de la suma de $4.657.645.091 pesos M/ CTE., en el presupuesto de inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - Gestión General;

DECRETA:

Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

SECCIÓN 3201

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

 

Artículo 3°. Liquidación a la adición del presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente liquidación a la adición del presupuesto general de la nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

Artículo 4°. Liquidación a la adición del presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente liquidación a la adición del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

SECCIÓN 3201

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Artículo 5°. Anexo. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS

Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a los 5 dias del mes de junio del año 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.