Decreto 522 de 2010
Fecha de Expedición: 17 de febrero de 2010
Fecha de Entrada en Vigencia: 17 de febrero de 2010
Medio de Publicación: Diario Oficial 47.626 de febrero 17 de 2010
PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES
- Subtema: Control y Vigilancia
Designa delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Congresistas Y Parlamento Andino el 14 de marzo de 2010 y fórmula presidencial, en cada una de las entidades territoriales, para el normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional. Señala que los Gobernadores y Alcaldes velarán por la transparencia del proceso electoral, porque la jornada de participación democrática se desarrolle en condiciones de normalidad, y procurarán que los ciudadanos ejerzan libremente y sin coacción alguna el derecho al voto.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 522 DE 2010
(Febrero 17)
Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones de Congreso, Parlamento Andino y Fórmula Presidencial 2010.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
como jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere los artículos 188 y 189 numeral 11 de la Constitución Política,
Ver el Decreto Nacional 791 de 2010.
DECRETA:
Artículo 1°. Delegar a los Viceministros del Interior, doctora Viviana Manrique Zuluaga y de Defensa para la Estrategia y Planeación, doctor Alejandro Arbeláez Arango, de conformidad con las competencias de sus Ministerios y las instrucciones de sus respectivos Ministros, la coordinación conjunta con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente, de la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.
Artículo 2°. Modificado parcialmente por el Decreto Nacional 717 de 2010. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo anterior, se designan los siguientes funcionarios en el Distrito Capital y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación:
AMAZONAS |
Patricia del Pilar Acosta Trujillo Jefe de Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional Ministerio del Interior y de Justicia |
ANTIOQUIA |
Faihan Fares Al-Fayez Chaljub Asesor Viceministra del Interior |
ARAUCA |
Pascual Augusto Agudelo Gómez Asesor Ministro del Interior y de Justicia |
ATLÁNTICO |
Paula Botero Rodríguez Asesora Viceministro de Justicia |
BOGOTÁ Y CUNDINAMARCA |
Gloria Teresa Cifuentes de Huertas Asesora Viceministro de Justicia |
BOLÍVAR |
Jhon Jairo Camargo Motta Asesor Ministro del Interior y de Justicia |
BOYACÁ |
Benjamín Ricardo Collantes Fernández Asesor del Ministro del Interior y de Justicia |
CALDAS |
Sandra Patricia Devia Directora Gobernabilidad Territorial Ministerio del Interior y de Justicia |
CAQUETÁ |
Sandra Jeannette Faura Vargas Asesora Ministro del Interior y de Justicia |
CASANARE |
Julieta Gómez Cortés Asesora del Ministro del Interior y de Justicia |
CAUCA |
Fernando Gómez Mejía Director de Ordenamiento Jurídico Ministerio del Interior y de Justicia |
CÉSAR |
Flor Ángela Gómez Sandoval Asesora del Ministro del Interior y de Justicia |
CÓRDOBA |
Andrea León López Asesora Viceministra del Interior |
CHOCÓ |
Olga Lucía Reyes Asesora del Ministro del Interior y de Justicia |
GUAINÍA |
Eisleane Suárez Tavera Coordinadora Ministerio del Interior y de Justicia |
GUAVIARE |
Nora Tapia Montoya Asesora del Ministro del Interior y de Justicia |
HUILA |
Luis Fernando Agudelo Henao Jefe de Oficina de Control Interno Ministerio de Defensa Nacional |
LA GUAJIRA |
Elena Ambrosí Turbay Directora Derechos Humanos Ministerio de Defensa Nacional |
MAGDALENA |
Óscar Iván Barbosa Linares Coordinador del Grupo de Gerencia, Información y Análisis Ministerio de Defensa Nacional |
META |
Salvador Enrique Benavides Rojas Coordinador del Grupo de Evaluación y Auditoría Ministerio de Defensa Nacional |
NARIÑO |
Luis Darío Buitrago Suescún Asesor del Ministro de Defensa Nacional |
NORTE DE SANTANDER |
Álex Mauricio Castro Asesor Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional |
PUTUMAYO |
Álvaro José Chaves Guzmán Director de Estudios Sectoriales (E.) Ministerio de Defensa Nacional |
QUINDÍO |
Daniela Fino Alario Coordinadora Grupo de Cooperación Industrial y Social Ministerio de Defensa Nacional |
RISARALDA |
María Angélica López Boada Directora de Gestión de Información y Tecnología Ministerio de Defensa Nacional |
SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA |
Luis Lorduy Hernández Asesor Ministro de Defensa Nacional |
SANTANDER J |
ulián Pontón Silva Director de Proyectos Especiales Ministerio de Defensa Nacional |
SUCRE |
Sergio Armando Restrepo Otálora Director de Asuntos Internacionales Ministerio de Defensa Nacional |
TOLIMA |
Daniel Mauricio Rico Valencia Asesor Ministro de Defensa Nacional |
VALLE |
Álex de Jesús Salgado Director de Asuntos Legales Ministerio de Defensa Nacional |
VAUPÉS |
Álvaro Valencia Parra Director de Veteranos y Bienestar Sectorial Ministerio de Defensa Nacional |
VICHADA |
Mauricio Vargas Vergnaud Director de Planeación y Presupuestación del Sector Defensa Ministerio de Defensa Nacional |
Artículo 3°.
Los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios, serán asumidos por sus respectivas entidades.Artículo 4°. Los Gobernadores y Alcaldes velarán por la transparencia del proceso electoral, porque la jornada de participación democrática se desarrolle en condiciones de normalidad, y procurarán que los ciudadanos ejerzan libremente y sin coacción alguna el derecho al voto.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de febrero de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gabriel Silva Luján.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.626 de febrero 17 de 2010.