Concepto 163561 de 2024 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Concepto 163561 de 2024 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 18 de marzo de 2024

Fecha de Entrada en Vigencia: 18 de marzo de 2024

Medio de Publicación:

*20245000163561* 

Al contestar por favor cite estos datos: 

Radicado No.: 20245000163561 

Fecha: 18/03/2024 02:18:43 p.m. 

Bogotá D.C. 

 

Referencia: Solicitud información nombramiento de jefe de control interno. Radicado No.  Radicado No. 20242060220442 del 07 de marzo de 2024 

En atención a la comunicación de la referencia, en la cual nos solicita “(...) En el mes de  septiembre de 2023 inicié proceso para vinculación a la “Unidad Administrativa Especial  de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP” de  conformidad con la designación realizada por el DAFP como Jefe de Control Interno en  dicha Entidad. Se radicó la documentación requerida en 2023 y se realizó exámenes  ocupacionales de ingreso. El 15 de febrero de 2024 la Entidad solicitó actualizar unos  datos en SIGEP y estos quedaron aplicados ese mismo día, dejando todo lo requerido  para el trámite de publicación de la hoja de vida., Teniendo en cuenta que en la página de  presidencia iniciaron desde finales de enero de 2024 las publicaciones de hojas de vida  de los Jefes de Control Interno y no han vuelto a observarse para estos cargos; la  inquietud que planteo es si la entidad donde se ejercerán las funciones es discrecional  para definir los tiempos de publicar la hoja de vida y generar el Decreto de nombramiento,  debido a que aún están pendientes estos trámites en mi caso. (...)” A continuación,  procedo a dar respuesta a su requerimiento en los siguientes términos: 

Es importante señalar frente al cargo objeto de su consulta que la Ley 1474 de 2011, “Por  la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención,  investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión  pública”, modificó el texto de los artículos 11 y 14 de la Ley 87 de 1993 en el siguiente  sentido:  

“(...) ARTÍCULO. DESIGNACIÓN DE RESPONSABLE DEL CONTROL INTERNO.  Modifíquese el artículo 11 de la Ley 87 de 1993, que quedará así: 

Para la verificación y evaluación permanente del Sistema de Control, el Presidente de la  República designará en las entidades estatales de la rama ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, quien será de libre  nombramiento y remoción. 

Cuando se trate de entidades de la rama ejecutiva del orden territorial, la designación se  hará por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad territorial. Este  funcionario será designado por un período fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo  período del alcalde o gobernador.” (subrayado fuera del texto). 

De acuerdo con la anterior disposición, los empleos o cargos de jefe de la Unidad u  Oficina de Control Interno que se encuentren creados en la planta de personal de las  entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional son designados por el  Presidente de la Republica y son de libre nombramiento y remoción.  

De lo anterior se desprende claramente que los cargos de Jefe de Control Interno en las  entidades de la Rama Ejecutiva Nacional su nominación y nombramiento se encuentra en  cabeza del Sr. Presidente de la República, esto implica que existe una discrecionalidad para tales nombramientos por lo que los mecanismos que se apliquen podrán ser  definidos por parte de la Presidencia de la República, dada esta facultad con la que se  cuenta para dichos nombramientos. 

De esta manera, el pasado 21 de noviembre del año 2022, mediante la Directiva  Presidencial No. 09, el Sr Presidente Gustavo Petro Urrego definió la conformación de un  banco de hojas de vida, como herramienta que brindará información sobre personas que  pueden ser candidatos al empleo en mención. Cabe resaltar que el Departamento  Administrativo de la Función Pública ha prestado apoyo y acompañamiento técnico a la  Presidencia en el marco de las funciones y competencias establecidas para el desarrollo y  ejecución del proceso. 

Ahora bien, atendiendo la disposición definida en la Directiva Presidencial antes  mencionada, Función Pública dispuso los lineamientos generales para que los  interesados pudieran remitir su hoja de vida y hacer parte de este banco que se constituye  esencialmente en una base de datos de posibles candidatos que cumplen con la pre 

validación de requisitos de estudio y experiencia definidos en el Decreto 989 de 2020,  información a partir de la cual se aplicó un esquema interno que permitió adelantar el  análisis frente a la pre-validación de requisitos de estudio y experiencia, de acuerdo con  los soportes aportados por los interesados y que debían responder a lo exigido en el  Formulario dispuesto para la inscripción así:  

“(...) Los interesados en hacer parte del banco de hojas de vida deberán cumplir los requisitos  establecidos en la Ley 87 de 1993 y en el Decreto 989 de 2020 para desempeñar el empleo, para lo  cual deberán adjuntar: 

Formato Único de Hoja de Vida de Función Pública, debidamente diligenciado. 

Las certificaciones laborales que den cuenta de las funciones desarrolladas, y tiempo de  servicio que evidencien la experiencia profesional requerida, de acuerdo con lo dispuesto en  el Decreto 989 de 2020.

 

Las certificaciones de contratos de prestación de servicios o consultorías deben precisar el  objeto, obligaciones o actividades desarrolladas, fecha de inicio, fecha de terminación y  manifestación expresa del cumplimiento del contrato las cuales serán analizadas de acuerdo  con las reglas establecidas por el Decreto 989 de 2020. 

Fotocopia de diplomas de pregrado, postgrado, maestrías y/o doctorados y otras formaciones  complementarias del perfil requerido. 

Tarjeta profesional, en aquellos casos donde aplique. (...)” (Subrayado fuera de texto). 

De esta manera, teniendo en cuenta a los/as candidatos/as que superaron la fase de pre validación de cumplimiento de requisitos mínimos de hoja de vida, formación académica y  perfil profesional; se invitó a realizar una prueba de competencias comportamentales,  establecida en el Decreto 989 de 2020, la cual fue remitida mediante correo electrónico a  los datos de contacto previamente registrados por los interesados que cumplieron con la  fase de pre-validación de cumplimiento de requisitos (estudio y experiencia).  

Una vez surtida esta fase, los resultados, fueron enviados en cadena de custodia  directamente al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República – DAPRE,  quienes son los encargados de administrar el banco de hojas de vida de los candidatos a  ocupar el cargo de jefe de control interno de las entidades pertenecientes a la Rama  Ejecutiva del orden nacional. El Departamento Administrativo de la Función Pública ha  cumplido su rol de asistencia y acompañamiento técnico en el proceso siguiendo los  lineamientos, directrices y esquemas impartidos por el DAPRE. 

Atentamente le informo que, una vez consultadas las bases de datos del banco de hojas  de vida para proveer el cargo de jefe de control interno en las entidades del orden  nacional, en el marco de las funciones desarrolladas por este Departamento, se valida  que el candidato en mención superó satisfactoriamente la pre-validación de requisitos  mínimos de formación académica y experiencia profesional. Así mismo, presentó  satisfactoriamente las pruebas comportamentales exigidas para el cargo con  acompañamiento del Grupo de Apoyo a la Gestión Meritocrática del DAFP. 

De igual modo, se evidencia que el designado se encuentra dentro de los candidatos  opcionados y habilitados por el DAPRE para ocupar dicho empleo. Por tanto, la  Presidencia de la República oficializó su nombramiento mediante notificación por escrito,  la cual fue remitida a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal de la Protección Social,  el 15 de septiembre de 2023., a la vez se evidencia que está en la lista de los 55  candidatos del primer grupo enviado por DAPRE para el nombramiento del jefe de control  interno. De esta forma el proceso sigue avanzando satisfactoriamente sin que se hayan  generado inconsistencias o situaciones de retraso hasta la fecha, teniendo siempre  presente la discrecionalidad con que cuenta el Sr. Presidente de la República como  nominador de estos cargos. 

Finalmente, para apoyarse metodológicamente en la implementación del MIPG en las  diferentes entidades del país, los invitamos a consultar el micrositio https://www.funcionpublica.gov.co/web/mipg, en donde podrá descargar el manual  operativo y los anexos. Así mismo, en nuestro Espacio Virtual de Asesoría – EVA,  www.funcionpublica.gov.co/eva/ encontrará normas, jurisprudencia, conceptos, videos  informativos, publicaciones de la Función Pública, entre otras opciones, las cuales serán  de gran apoyo en su gestión laboral. 

Cordialmente,  

HENRY HUMBERTO VILLAMARÍN SERRANO 

Director de Gestión y Desempeño Institucional  

Proyectó: María Clemencia Medina Torres  

Revisó: Leonardo Molina Henao  

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