Decreto 1074 de 2023 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1074 de 2023

Fecha de Expedición: 29 de junio de 2023

Fecha de Entrada en Vigencia: 29 de junio de 2023

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE IGUALDAD Y EQUIDAD
- Subtema: Sector Igualdad y Equidad.

Integra el Sector Administrativo de Igualdad y Equidad, con el Ministerio de Igualdad y Equidad como entidad cabeza de sector y con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, el Instituto Nacional para Sordos, INSOR y el Instituto Nacional para Ciegos, INCI, como entidades adscritas.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 1074 DE 2023

(Junio 29)

Por el cual se integra el Sector Administrativo de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 12 de la Ley 2281 del 4 de enero de 2023, y

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Ley 2281 de 2023 se creó el Ministerio de Igualdad y Equidad como organismo principal del sector central de la Rama Ejecutiva en el orden nacional, rector del sector administrativo de Igualdad y Equidad y de sus entidades adscritas o vinculadas, y de los órganos de asesoría, coordinación y articulación señalados legal o reglamentariamente.

 

Que, el artículo 12 de la ley 2281 de 2023 revistió al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, por el término de seis (6) meses, para expedir normas con fuerza material de ley dirigidas a integrar al Sector de Igualdad y Equidad con las entidades que defina como adscritas o vinculadas. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 numeral 10 de la Constitución Política.

 

Que, como resultado de un ejercicio de evaluación de las competencias y funciones administrativas de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, se requiere integrar el Sector de Igualdad y Equidad determinando las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio de Igualdad y Equidad.

 

Que las funciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, del Instituto Nacional para Ciegos - lNCl y del Instituto Nacional para Sordos - INSOR guardan concordancia con el Sector Administrativo de Igualdad y Equidad, y en ejercicio de ellas ejecutan las políticas, en el marco de sus competencias.

 

Que es necesario adscribir al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, al Instituto Nacional para Ciegos - INCI y el Instituto Nacional para Sordos - INSOR al Ministerio de Igualdad y Equidad.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Integración del Sector Administrativo de Igualdad y Equidad. El Sector Igualdad y Equidad está integrado por el Ministerio de Igualdad y Equidad, como entidad cabeza de sector, y las siguientes entidades adscritas:

 

1.Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF.

 

2.Instituto Nacional para Sordos - INSOR.

 

3.Instituto Nacional para Ciegos - INCI.

 

ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá a los 29 días del mes de junio de 2023

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

(FDO.) GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL REPÚBLICA

AURORA VERGARA FIGUEROA

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PROSPERIDAD SOCIAL,

CIELO RUSINQUE URREGO

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,

CARLOS RAMÓN GONZÁLEZ MERCHÁN

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA