Concepto 353261 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública
Fecha de Expedición: 13 de octubre de 2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Naturaleza
En la estructura administrativa de la Nación, de las entidades territoriales o de sus entidades descentralizadas, para la organización y prestación de los servicios de salud, los empleos pueden ser de libre nombramiento y remoción o de carrera.
PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Prestaciones Sociales
Las entidades públicas de cualquier nivel administrativo que presten servicios de salud, aplicarán a sus trabajadores oficiales, en cuanto sean compatibles, los principios y reglas propios del régimen de carrera administrativa, y les reconocerán, como mínimo, el régimen prestacional previsto en el Decreto 3135 de 1968, todo, sin perjuicio de lo que contemplen las convenciones colectivas de trabajo.
*20216000353261*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000353261
Fecha: 13/10/2021 02:41:59 p.m.
Referencia: EMPLEOS – Naturaleza. Régimen laboral de las Empresas Sociales del Estado Radicación No. 20219000603262 del 31 de agosto de 2021.
En atención a la comunicación de la referencia remitida a esta Dirección Jurídica, mediante la cual presenta diferentes interrogantes relacionados con el régimen laboral de las Empresas Sociales del Estado, me permito informar que fue remitida al Ministerio de Salud y Protección Social, como quiera que el tema es de su competencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 1164 de 2007, a efectos de que se pronuncien frente al tema.
Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Cordialmente,
ARMANDO LÓPEZ CORTES
Director Jurídico
Proyecto: Sandra Barriga Moreno
Revisó: Harold Herreño
Aprobó: Dr. Armando López Cortes
11.602.8.4