Ley 2103 de 2021
Fecha de Expedición: 15 de julio de 2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
SEGURIDAD SOCIAL
- Subtema: Convenio multilateral iberoamericano de seguridad social (CMISS)
Se aprueba el Convenio multilateral iberoamericano de seguridad social (CMISS)
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
LEY 2103 DE 2021
(Julio 15)
POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL «CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL (CMISS)>>, HECHO EN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, EL 10 DE NOVIEMBRE DE 2007.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Visto el texto del «CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL (CMISS)>>, HECHO EN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, EL 10 DE NOVIEMBRE DE 2007
[Para ser transcrito: Se adjunta copia fiel y completa de la versión en español del texto del convenio, certificado por la Secretaria General Iberoamericana y confirmado por Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en los archivos de este Ministerio y consta de veinticinco (25) folios].
El presente Proyecto de Ley consta de treinta y dos (32) folios
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Bogotá, D.C., 02 AGO 2019
AUTORIZADO. SOMÉTASE A LA CONSIDERACION DEL HONORABLE CONGRESO DE LA REPÚBLICA PARA LOS EFECTOS CONSTITUCIONALES
(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
(FDO.) CLAUDIA BLUM
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Apruébese el «CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL (CMISS)>>, hecho en Santiago, República de Chile, el 10 de noviembre de 2007".
ARTÍCULO 2: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la 7a Ley de 1944, el «CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL (CMISS)>>, hecho en Santiago, República de Chile, el 10 de noviembre de 2007, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
ARTÍCULO 3: La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ARTURO CHAR CHALJUB
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
GERMÁN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ
EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL "CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL (CMISS), HECHO EN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, EL 10 DE NOVIEMBRE DE 2007.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
EJECÚTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada en Bogotá, D.C., a los
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,
FRANCISCO JAVIER ECHEVERRI LARA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO
EL MINISTRO DE TRABAJO,
ÁNGEL CUSTODIO CABRERA BAEZ