Decreto 1106 de 2020 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 1106 de 2020

Fecha de Expedición: 10 de agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PRESUPUESTO
- Subtema: Vigencia Fiscal 2020

Liquida los recursos adicionados mediante el Decreto Legislativo 572 de 2020 al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020.

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DECRETO 1106 DE 2020

 

(Agosto 10)

 

Por el cual se liquidan los recursos adicionados mediante el Decreto Legislativo 572 de 2020 al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación faculta al Gobierno Nacional para dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación.

 

Que el citado artículo establece que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo.

 

Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 y con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de grave calamidad pública en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de ese decreto.

 

Que en el marco de la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica, se expidió el Decreto Legislativo 444 del 21 de marzo de 2020, el cual crea el Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME, como un fondo cuenta sin personería jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es atender las necesidades de recursos para la atención en salud, los efectos adversos generados a la actividad productiva y la necesidad de que la economía continúe brindando condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento.

 

Que el artículo 16 del citado Decreto Legislativo estableció que los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias- FOME se presupuestarán en la sección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para ser distribuidos a las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación.

 

Que mediante el Decreto Ley 572 del 15 de abril de 2020, se adicionó el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 en la suma de $9,811,300,000,000, y se efectuó su correspondiente liquidación.

 

Que mediante Sentencia C-206/20 del 25 junio de 2020 la Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo 572 de 2020, por no superar el presupuesto de necesidad jurídica ya que podían haber sido expedidos por el Presidente de la República en uso de sus facultades ordinarias.

 

Que de acuerdo con lo anterior y en concordancia con el artículo 209 de la Constitución Política, que señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, le corresponde el Gobierno Nacional ejercer la facultad conferida en el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y así garantizar la debida ejecución de los recursos contenidos en el Presupuesto General de la Nación, en especial, los asignados al Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1. LIQUIDACIÓN DE LA ADICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 en la suma de NUEVE BILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA  ($9,811,300.000.000), según el siguiente detalle:

 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

 

ADICIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2020

 

CONCEPTO

VALOR

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

9.811.300.000.000

6. FONDOS ESPECIALES DE LA NACIÓN

9.811.300.000.000

TOTAL ADICIÓN

9.811.300.000.000

 

ARTÍCULO 2. LIQUIDACIÓN DE LA ADICIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, en la suma NUEVE BILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($9,811,300.000.000), según el siguiente detalle:

 

ADICIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 2020

 

CTA PROG

SUBC SUBP

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

SECCIÓN: 1301

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

TOTAL ADICIÓN SECCIÓN

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

TOTAL ADICIÓN

9.811.300.000.000

 

9.811.300.000.000

 

ARTÍCULO 3. ANEXO. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

 

ARTÍCULO 4.VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de agosto de 2020

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRDITO PLIBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

 

ANEXO

 

DETALLE DE LA COMPOSICION DE LA ADICION AL PRESUPUESTO DE RENTAS DE 2020

 

CONCEPTOS

TOTAL

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

9.811.300.000.000

6.0 FONDOS ESPECIALES DE LA NACIÓN

9.811.300.000.000

NUMERAL 0081 FONDO DE MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS - FOME

9.811.300.000.000

TOTAL ADICIÓN

9.811.300.000.000

 

CTA PROG

SUBC SUBP

OBJG PROY

ORD SPRY

REC

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

SECCIÓN: 1301

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

TOTAL ADICIÓN SECCIÓN

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

 

A. FUNCIONAMIENTO

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

 

UNIDAD: 130101

 

 

GESTIÓN GENERAL

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

03

03

A ENTIDADES DEL GOBIERNO

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

03

03

01

A ÓRGANOS DEL PGN

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

03

03

01

082

FONDO DE MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS-FOME

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

 

54

FONDO ESPECIAL FOME

9.811.300.000.000

9.811.300.000.000

TOTAL ADICIÓN

 

9.811.300.000.000

 

9.811.300.000.000