Decreto 768 de 2004 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 768 de 2004

Fecha de Expedición: 11 de marzo de 0004

Fecha de Entrada en Vigencia: 16 de marzo de 0004

Medio de Publicación: Diario Oficial 45492 de marzo 16 de 2004

DOCENTES
- Subtema: Régimen Salarial y Prestacional

Fija transitoriamente la remuneración de los servidores públicos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica o media que se vinculen en provisionalidad al servicio público educativo de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002, hasta tanto el Gobierno Nacional fije el régimen salarial para los docentes y directivos docentes que se vinculen conforme con este nuevo estatuto de profesionalización.

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DIARIO OFICIAL 45

DECRETO 768 DE 2004

(Marzo 11)

por el cual se fija transitoriamente la remuneración de los servidores públicos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica o media que se vinculen en provisionalidad al servicio público educativo de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º. Los docentes que de conformidad con el Decreto-ley 1278 de 2002, sean nombrados en provisionalidad a las plantas de cargos de las entidades territoriales certificadas, percibirán la siguiente asignación básica mensual máxima:

Asignación básica mensual máxima:

Normalista superior

$572.274 pesos moneda corriente.

Licenciado o profesional

$727.292 pesos moneda corriente.

La remuneración de que trata el presente artículo, se mantendrá hasta tanto el Gobierno Nacional fije el régimen salarial para los docentes y directivos docentes que se vinculen de conformidad con el nuevo estatuto de profesionalización docente establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de marzo de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

La Ministra de Educación Nacional,

Cecilia María Vélez White.

El Director del Departamento Administartivo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 45492 de marzo 16 de 2004.