Decreto 649 de 2020 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 649 de 2020

Fecha de Expedición: 13 de mayo de 2020

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN ANTV
- Subtema: Liquidación

Prorroga el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 649 DE 2020

 

(Mayo 13)

 

"Por el cual se prorroga el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión"

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 41 de la Ley 1978 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el artículo 39 de la Ley 1978 del 25 de julio de 2019, "Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones", el legislador ordenó la supresión y liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión, creada por la Ley 1507 de 2012. Con tal disposición inició el proceso de liquidación de la citada entidad, según lo establecido por el artículo 2º del Decreto-ley 254 de 2000, "Por el cual se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional".

 

Que mediante el Decreto 1381 de 2019, el Gobierno Nacional designó a la Fiduciaria La Previsora S. A. como liquidador de la Autoridad Nacional de Televisión.

 

Que, de acuerdo con las disposiciones del artículo 41 de la Ley 1978 de 2019, el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión debe concluir en un plazo de seis (6) meses contados a partir de su entrada en liquidación. No obstante, el mismo precepto atribuye al Gobierno Nacional la facultad de prorrogar dicho plazo mediante acto administrativo debidamente motivado, cuando las circunstancias así lo requieran, sin que la prórroga exceda en total de seis (6) meses.

 

Que mediante el Decreto 056 del 20 de enero de 2020 del Gobierno prorrogó el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión por el término de cuatro (4) meses, contados a partir del 25 de enero de 2020, conforme a las razones expuestas en su parte motiva.

 

Que mediante oficio S2020100003656 fechado el 22 de abril de 2020, radicado en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con el número 201020467 del 22 de abril de 2020, la Fiduciaria La Previsora S. A. solicitó una nueva prórroga del proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión, dado el impacto que en el cronograma y en el desarrollo de la liquidación han tenido las medidas excepcionales adoptadas por el Gobierno Nacional con ocasión del estado de emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus COVID-19, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, así como por actividades inherentes al proceso liquidatorio.

 

Que, estando dentro del período señalado por el artículo 41 de la Ley 1978 de 2019, en consideración a las razones expuestas por la Fiduciaria La Previsora S. A. se estima pertinente prorrogar el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión, por el periodo comprendido entre el 25 de mayo y el 10 de julio de 2020, inclusive.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.Prórroga del proceso de liquidación. Prorrogar el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión en Liquidación desde el 25 de mayo hasta el 10 de julio de 2020, inclusive.

 

ARTÍCULO 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 13 días del mes de mayo de 2020

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

 

KAREN CECILIA ABUDINEN ABUCHAIBE