Decreto Ley 2025 de 2013 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto Ley 2025 de 2013

Fecha de Expedición: 17 de septiembre de 2013

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
- Subtema: Contraloria General de la República

Modifica la planta temporal de empleos de Regalías de la contraloría General de la República.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2025 DE 2013

 

(Septiembre 17)

 

Declarado inexequible por la Sentencia de la Corte Constitucional C-506 de 2014

 

Por el cual se modifica la planta temporal de empleos de Regalías de la Contraloría General de la República.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 15 de la Ley 1640 de 2013 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 15 de la Ley 1640 de 2013 revistió al Presidente de la República de facultades extraordinarias para que, en un término de hasta de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de dicha ley, expidiera normas con fuerza de ley para modificar, entre otras, la planta temporal de empleos de Regalías de la Contraloría General de la República. 

 

Que se requiere modificar la planta de empleos de carácter temporal de Regalías de la Contraloría General de la República, la cual fue establecida por el Decreto-ley número 1539 del 2012, con el fin de dotar a este organismo de unos empleos de mayor nivel de especialización misional, así como de empleos de apoyo a estas labores, que permitan una prestación más eficiente, eficaz y oportuna dirigidas al cumplimiento de los objetivos misionales del ente de control. 

 

Que para efectos de la modificación de la planta a que se hacer referencia, la Contraloría General de la República presentó el respectivo estudio técnico, el cual mereció concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímense los siguientes empleos de carácter temporal de la Planta de personal de la Contraloría General de la República: 

 

Nivel Jerárquico 

Número de Empleos 

Denominación 

Grado 

Directivo

2 (dos)

Contralor Delegado Intersectorial

 

Profesional

10 (diez)

Profesional Especializado

04

Profesional

12 (doce)

Profesional Especializado

03

Profesional

12(doce)

Profesional Universitario

02

Profesional

12 (doce)

Profesional Universitario

01

 

ARTÍCULO 2°. Créanse, hasta el 31 de diciembre de 2014, los siguientes empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Contraloría General de la República: 

 

Nivel Jerárquico 

Número de Empleos 

Denominación 

Grado 

Directivo

3 (tres)

Contralor Auxiliar

 

Asesor

6 (seis)

Asesor de Despacho

02

Asesor

6 (seis)

Asesor de Gestión

01

Ejecutivo

6 (seis)

Coordinador de Gestión

03

Técnico

3 (tres)

Tecnólogo

01

Asistencial

4 (cuatro)

Secretario Ejecutivo

06

Asistencial

4 (cuatro)

Secretario

04

Asistencial

10 diez)

Auxiliad Administrativo

03

Asistencial

6 (seis)

Auxiliar Operativo

02

 

ARTÍCULO 3°. A los servidores públicos que se encuentran vinculados en los empleos de carácter temporal cuyos cargos sean suprimidos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto-ley, se les comunicará dicha supresión en los términos señalados en la ley. 

 

ARTÍCULO 4°. La distribución de los cargos creados en el artículo 2° del presente decreto, se realizará por Resolución del Contralor General de la República. 

 

ARTÍCULO 5°. Los empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Contraloría General de la República, para todos los efectos, se clasifican como empleos de libre nombramiento y remoción, independientemente del nivel y dependencia en los que se ubiquen; así mismo a estos empleos se les podrán asignar funciones propias de la Contraloría General de la República, independientemente de la fuente de financiación del recurso vigilado o controlado. 

 

PARÁGRAFO. Los empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Contraloría General de la República no se sujetan a las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004, para empleos temporales. 

 

ARTÍCULO 6°. Los costos de la modificación efectuada mediante el presente Decreto Ley, a la planta de empleos de carácter temporal, no superan las apropiaciones aprobadas para financiarla en la Ley 1530 de 2012. 

 

ARTÍCULO 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto Ley número 1539 de 2012. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2013.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

NOTA: Publicado en el Diario oficial. N. 48916. 17, septiembre, 2013.