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Concepto 135271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si se pretende acceder al beneficio por haber completado el esquema de vacunación, se debe constatar que éste culminó en el mes de diciembre del año 2021, y no meses anteriores o posteriores; y en segundo lugar que, si se pretende acceder por la aplicación de la dosis de refuerzo, su aplicación deberá acreditarse dentro de los tiempos y ciclos que estableció el Ministerio de Salud y Protección Social, según corresponda.

Concepto 135281 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La disposición consagrada en el parágrafo 5 del artículo 2, del Decreto 1615 de 2021, es aplicable a todo servidor público y trabajador oficial, que constate que el esquema de vacunación fue culminado en el mes de diciembre de 2021, o que se haya aplicado la dosis de refuerzo conforme los tiempos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección social.

Concepto 135291 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es posible otorgar el día libre a que se refiere el parágrafo 3°, del artículo 2°, del Decreto 1615 de 2021, a los servidores públicos y trabajadores oficiales que no hayan completado su esquema de vacunación en diciembre de 2021; no obstante, sí podría otorgarles dicho beneficio a los servidores públicos y trabajadores oficiales que se apliquen la dosis de refuerzo en el primer trimestre de 2022, si ello corresponde a los tiempos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección social.

Concepto 135321 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La disposición consagrada en el parágrafo 5 del artículo 2, del Decreto 1615 de 2021, es aplicable a todo servidor público y trabajador oficial, que constate que el esquema de vacunación fue culminado en el mes de diciembre de 2021, o que se haya aplicado la dosis de refuerzo conforme los tiempos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección social.

Concepto 135341 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Como quiera se trata de dos ramas del poder público diferentes (ejecutiva y judicial), no se encontró en las normas aplicables a los servidores públicos de la Rama Ejecutiva, una disposición relacionada con la posibilidad de ser nombrado en periodo de prueba en otra rama (la judicial), y que mientras esto pase, el empleo del cual es titular en provisionalidad, se declare vacante mientras dura su periodo de prueba.

Concepto 135441 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma citada en cuanto a que la garantía de dicha protección se debe tener presente que procede únicamente de los casos de supresión de empleo como consecuencia de una reforma de planta personal y se formalizará a través de un documento emitido por los jefes de personal o quienes hagan sus veces, quienes deberán verificar que la persona cumple con los requisitos para el acceso a la estabilidad laboral; por lo que si el retiro del empleado se configura con ocasión al resultado de un concurso de méritos, dicha protección no es aplicable, en el entendido que quien queda en primer lugar en la lista de elegible ostenta un mejor derecho.

Concepto 135451 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Mientras el alcalde perciba su mesada pensional no tendrá derecho a recibir la asignación básica mensual, demás emolumentos salariales y prestaciones sociales.

Concepto 135691 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando un empleado provisional que padezca una condición especial y no supere las pruebas para proveer el empleo que desempeña, deberá ceder la plaza a quien ocupe el primer lugar en el concurso de mérito que se adelantó para proveer el empleo que ocupa en provisionalidad por cuanto, la Corte Constitucional refiere que tal discapacidad no exime al empleado para demostrar sus capacidades en igualdad de condiciones.

Concepto 135771 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El valor de la prima técnica por título de estudios por formación avanzada y cinco años de experiencia altamente calificada, podrá ser incrementado hasta en un veinte por ciento (20%) de la asignación básica mensual de quien la percibe, en los porcentajes establecidos en los literales a, b, c, d, e, del artículo 5o del Decreto 473 de 2022, y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen, o sustituyan, permitiendo que se acumulen los porcentajes establecidos en dichos literales hasta el total del veinte por ciento (20%)

Concepto 135801 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte licencias o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa. Significa, lo anterior, que al presentarse la vacancia en el cargo, el empleo se podrá proveer mediante concurso de méritos, por encargo, con personal de carrera, siempre y cuando por necesidades del servicio se requieran.