Filtros de búsqueda

Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 39.476 resultados - Solo se mostraran los primeros 10000 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 176011 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el gerente de una empresa de servicios públicos municipal ejerce como representante legal de la misma y tiene dirección administrativa en el respectivo municipio, debe renunciar al menos doce (12) meses antes de la elección para no incurrir en inhabilidad. Así mismo, de acuerdo con el numeral 4 del artículo 30 de la Ley 617 de 2000, el contratista de la empresa de servicios públicos domiciliarios que desee aspirar al cargo de gobernador del mismo departamento, deberá ceder o renunciar a su contrato al menos doce (12) meses antes de la elección para no incurrir en inhabilidad.

Concepto 176101 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La provisión del respectivo empleo de carrera se efectuará por mérito, independientemente de las condiciones o circunstancias especiales que ostente el aspirante, con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad. Si se trata de un empleo de libre nombramiento y remoción, quien ostente la potestad nominadora podrá, como su nombre lo indica, nombrar y remover libremente el empleo, por medio de un nombramiento ordinario, de acuerdo con la ley.

Concepto 176111 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En su calidad de Secretario de Despacho ejerció autoridad administrativa, por lo que en el evento de postularse para ser elegido alcalde o concejal en el mismo municipio donde está desempeñando el cargo, deberá presentar renuncia a su cargo por lo menos doce (12) meses antes de la fecha fijada para las elecciones a la alcaldía y concejo. La fecha que debe tener en cuenta para no inhabilitarse, es doce (12) meses antes de la elección.

Concepto 176151 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El reajuste o aumento salarial de los empleados públicos del nivel municipal, se deberá efectuar anualmente con base en el reajuste salarial señalado mediante Decreto dictado por el alcalde con sujeción al respectivo acuerdo expedido por el Concejo Municipal y respetando los límites máximos salariales que el Gobierno Nacional establezca en el decreto salarial que se expida para la vigencia fiscal respectiva. Todos los empleos de las entidades deben ser ajustados anualmente conforme con los Decretos Salariales expedidos por el Gobierno Nacional cada año. Los aumentos deben ser consonantes con estos Decretos año a año. "

Concepto 176181 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se considera procedente que mediante acuerdo sindical se modifique una norma, como es el caso del Decreto 1083 de 2015. El permiso académico se concede a criterio del nominador y siempre que se acuerde la forma como se va compensar el tiempo de estudio cuando este deba realizarse dentro de la jornada laboral. Lo anterior, se justifica en el deber de los servidores públicos cumplir con la jornada laboral y las funciones asignadas en el ejercicio del empleo; por cuanto, estas situaciones derivan en el pago de la remuneración por servicios efectivamente prestados.

Concepto 176241 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El nombramiento en encargo por constituir un derecho para los empleados de carrera administrativa que se desempeñan en el empleo inmediatamente inferior al que será provisto transitoriamente, y de esa manera recibir un incentivo a su propia condición. No será procedente que el encargo recaiga en un empleado que desempeña un empleo de igual categoría, por cuanto perdería su razón de ser y no se estaría dando cumplimiento a uno de los fines que se persigue con dicha figura.

Concepto 176501 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado de carrera administrativa de una Contraloría Territorial, una vez conozca del nombramiento en encargo de un empleado de la entidad y que considere tener mejor derecho que el encargado, podrá reclamar por su derecho preferencial a ser encargado ante la Comisión de Personal de la Contraloría Territorial dentro de los 10 días siguientes a la expedición del acto administrativo mediante el cual se encargó a otro empleado, o dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se hizo público el mismo. La Comisión de Personal decidirá en única instancia

Concepto 176581 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleador deberá retirar del servicio al empleado público que cumpla los requisitos y acceda a la pensión de jubilación o vejez; en ese sentido, la empleada que ya goza del beneficio pensional, deberá ser retirada del servicio por generarse una de las causales para tal efecto.

Concepto 176591 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados de carrera con evaluación anual del desempeño sobresaliente, tendrán derecho a que se les otorgue comisión hasta por el término de tres (3) años, en períodos continuos o discontinuos, pudiendo ser prorrogado por un término igual, para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción para los cuales hubieren sido nombrados o elegidos en la misma entidad a la cual se encuentran vinculados o en otra. En todo caso, la comisión o la suma de ellas no podrá ser superior a seis (6) años, so pena de ser desvinculado del cargo de carrera administrativa en forma automática.

Concepto 176601 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando se presente una vacancia en un empleo, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio contenidos en el manual específico de funciones y de competencias laborales que tenga adoptado la entidad, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, su última evaluación del desempeño sea sobresaliente, no hayan sido sancionados disciplinariamente en el año anterior y se encuentren desempeñando el empleo inmediatamente inferior al que se va a proveer; igualmente evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio.