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Concepto 224011 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al momento de hacer la liquidaci¿n de las cesant¿, independientemente de que el periodo laborado fuera menor a un a¿o de servicio, se deber¿ener en cuenta los factores se¿alados en el art¿lo 45 del Decreto ley 1045 de 1978 y se liquidar¿de manera proporcional.

Concepto 224021 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El r¿men de liquidaci¿n de cesant¿ por retroactividad se caracteriza por su reconocimiento con base en el ¿ltimo salario realmente devengado, o el promedio de lo percibido en el ¿ltimo a¿o de servicios, en caso de que durante los ¿ltimos tres meses de labores el salario devengado hubiera sufrido modificaciones.

Concepto 223981 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El gerente del departamento de Cundinamarca en el cumplimiento de sus funciones ejerce autoridad administrativa, por lo cual, si esta autoridad es ejercida en el municipio al cual aspira a ser alcalde, en los t¿inos anteriormente descritos, deber¿resentar renuncia a su cargo antes de los doce (12) meses que preceden la respectiva elecci¿n.

Concepto 223991 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La situaci¿n administrativa de suspensi¿n implica que el empleado se separe de sus funciones sin romper el v¿ulo con la entidad. En ese sentido, la suspensi¿n, ya sea por decisi¿n disciplinaria, fiscal o judicial implica una separaci¿n transitoria del ejercicio del cargo y genera una vacancia temporal del empleo y no hay lugar al pago de remuneraci¿n o asignaci¿n.

Concepto 224001 de 2022 - Departamento Administrativo de Servicio Civil

Para que se configure esta causal de inhabilidad, deben concurrir tres aspectos: en primer lugar, el ejercicio como empleado p¿blico de jurisdicci¿n o autoridad pol¿ca, civil, administrativa o militar; en segundo lugar, que ese ejercicio se hubiera dado en el respectivo municipio o distrito y, en tercer lugar, que el cargo se haya ejercido dentro de los doce (12) meses anteriores a la elecci¿n.

Decreto 1033 de 2022 - Nivel Nacional

Modifica el Decreto 741 del 2 de julio de 2021, en lo relacionado con la composición del Consejo de Seguridad Nacional.

Concepto 217731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El reajuste o aumento salarial de los empleados p¿blicos del nivel municipal, por los a¿os 2016 a 2019 ser¿ procedente siempre y cuando no haya prescrito.

Concepto 219941 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es facultad del alcalde presentar el proyecto de acuerdo al concejo municipal sobre presupuesto y la fijación de emolumentos de todos los empleados públicos de las entidades del respectivo municipio. Le corresponde a los concejos municipales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313, numeral 6º de la Constitución Política, fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleo del municipio, teniendo en cuenta el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos para los entes territoriales previsto en el Decreto Ley 785 de 2005 y el límite máximo salarial señalado por el Gobierno Nacional para la respectiva vigencia fiscal, en este caso el decreto salarial 462 de 2022.

Concepto 222041 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El Consejo de Estado considera que aquellos elementos salariales y prestacionales extralegales creadas por corporaciones o autoridades territoriales, y a la vez reconocidas y pagadas por dichas autoridades con posterioridad al acto legislativo 1 de 1968 carecen de amparo constitucional por cuanto, dicha competencia ha sido atribuida única y exclusivamente al gobierno Nacional."

Concepto 222731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Ante la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, empleados con nombramiento provisional o temporal, deberán presentar a la entidad la documentación que acredite su condición de prepensionados y una vez se surta el trámite correspondiente y se expida la constancia escrita, la administración deberá por disposición legal, reubicarlos en los términos del artículo 8 de la Ley 2040 de 2020, hasta que cumplan con los requisitos para obtener el beneficio pensional.