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Concepto 379341 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Para que se reconozcan horas extras el empleado público deberá pertenecer al nivel técnico hasta el grado 09 o al nivel asistencial hasta el grado 19. Para poder aplicar la norma al orden territorial se deberá tomar la escala de remuneración aprobada para la rama ejecutiva del orden Nacional y observar qué asignaciones básicas les corresponde a los empleos grado 19 del nivel asistencial y grado 9 del nivel técnico y compararla con la escala de remuneración del departamento o municipio, a efectos de definir el derecho al pago de las horas extras. Es decir, para la vigencia 2022, los empleados del nivel territorial, que devenguen igual o menos de $1.832.406 (técnico 9) y $1.966.979 (asistencial 19), tienen derecho al reconocimiento de horas extras."

Concepto 379491 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De acuerdo al Artículo 2.2.5.4.2 del Decreto 1083 de 2015, cuando se trate de traslados o permutas entre organismos (Interinstitucional), la providencia deberá ser autorizada por los jefes de las entidades en donde se produce. En ese sentido, no será procedente pedir permiso a la Comisión Nacional del Servicio Civil o por el DAFP, ya que en las disposiciones legales no se contempla esta situación.

Concepto 107251 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

-El Decreto 1083 de 20153 en su artículo 2.2.5.5.17 que la facultad de conceder el permiso se atribuye al nominador, o a quien éste hubiera delegado. El nominador puede delegar tal facultad en sus empleados del nivel directivo o asesor, mediante acto administrativo, decreto o resolución, que así lo justifique. -Cada entidad territorial (municipio), es autónoma al momento de definir la escala salarial, respetando los parámetros generales establecidos en la normativa, siempre y cuando se tengan en cuenta los siguientes aspectos: • La competencia de las autoridades territoriales competentes (alcalde y concejo municipal) • Los límites máximos salariales fijados por el Gobierno Nacional, actualmente establecidos en el artículo 7° del Decreto 980 de 2021. • El salario del alcalde o gobernador, con el fin de que ningún funcionario devengue un salario superior al de aquel. • Las finanzas de la entidad. • El derecho al incremento salarial de que gozan todos los empleados del ente territorial.

Concepto 376561 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Siempre que el aspirante cumpla con los requisitos señalados por la norma, esto es, cuente con el título profesional en áreas de la salud y no se encuentre dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para el ejercicio de la función, se considera viable que sea elegido como representante del sector científico de la entidad un empleado vinculado al área administrativa que cuente con un título profesional en el área de la salud.

Concepto 376701 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es función del director (a) de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial el declarar la falta temporal del cargo en caso de permiso remunerado a favor del Fiscal General Penal Militar y Policial, sin perjuicio que la facultad para proveer el empleo en forma temporal sea el Ministro de Defensa Nacional.

Concepto 376731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las inhabilidades son restricciones fijadas por el constituyente o el legislador para limitar el derecho de acceso al ejercicio de cargos o funciones públicas, ello quiere decir, que tienen un carácter prohibitivo, y por consiguiente, estas son taxativas, es decir, están expresamente consagradas en la Constitución o en la Ley y su interpretación es restrictiva, razón por la cual no procede la aplicación analógica ni extensiva de las mismas.

Concepto 376781 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para los empleados públicos que cumplen funciones en el campo médico asistencial en las entidades prestadora de servicios de salud, el artículo 2 de la ley 269 de 1996 determina que su jornada máxima podrá ser de 12 horas diarias, sin que en la semana exceda de 66 horas, pero únicamente para aquellas personas que tengan más de una vinculación con el Estado. Por lo que es factible, que un empleado que está vinculado laboralmente a una entidad con jornada de tiempo completo 8 horas diarias y 44 a la semana como máximo, que es la establecida por el Decreto 1042 de 1978.

Concepto 376901 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Todo empleado público que esté inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa y supere un concurso debe ser nombrado en período de prueba. En ese sentido, el haber ocupado el empleo objeto del concurso antes de la realización y culminación de éste, no exime al empleado de ser nombrado en periodo de prueba y tener que superarlo con calificación satisfactoria para actualizar su inscripción en el Registro Público.

Concepto 376911 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera que no existe inhabilidad o incompatibilidad para que un contador que ejerza un empleo público realice sus actividades en el sector privado simultáneamente con el ejercicio del respectivo cargo o función pública.

Concepto 376921 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez revisado el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, el hermano de un trabajador oficial de la misma entidad, estaría impedido para su vinculación si el nombramiento o el contrato lo produce su pariente.