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Concepto 012541 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados del nivel directivo estarán inhabilitados por dos (2) años, una vez terminada su relación laboral, para celebrar un contrato de prestación de servicios con la misma institución.

Concepto 012571 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados del nivel directivo estarán inhabilitados por dos (2) años, una vez terminada su relación laboral, para celebrar un contrato de prestación de servicios con la misma institución.

Concepto 012581 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si ejerce como funcionario de una ESE con autoridad administrativa, civil, política o militar y, desea aspirar a la alcaldía del mismo municipio, debe renunciar, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley 617 de 2000, al menos doce (12) meses antes de la elección para no incurrir en una violación al régimen de inhabilidades.

Concepto 012601 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es viable modificar la resolución de nombramiento en provisionalidad de un servidor público para incluirle periodo de prueba, toda vez que dicha figura está contemplada únicamente para los servidores seleccionados a través del sistema de méritos para obtener derechos de carrera sobre un empleo.

Concepto 012611 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es viable que quien sea beneficiario de pensión de vejez y que no haya llegado a la edad de 70 años sea reintegrado en un empleo público, como es el caso del secretario general de un establecimiento público del nivel nacional, pues dicho cargo no se encuentra enlistado dentro de las excepciones.

Concepto 012631 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Con relación a la posibilidad de asignación de funciones a empleados de la oficina de control interno disciplinario, en virtud de garantizar la autonomía de dicha oficina y mantener incólume el objeto y las funciones de asesoría y evaluación que cumple. Se considera que resulta procedente asignar labores de apoyo en otras dependencias de la entidad, siempre y cuando tales labores, sean afines.

Concepto 012721 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La administración municipal solo podrá crear empleos dentro de las dependencias siempre y cuando esté fundado a las necesidades del servicio y basado en estudios técnicos. Por lo tanto, no es viable que la administración municipal cree un empleo de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción basándose en la necesidad de vincular a servidor que perdió concurso de méritos en la misma entidad y debe ser retirado del servicio.

Concepto 012971 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Revisadas las normas que regulan la elección de personeros, se observa que no existe ninguna que limite al número de concursos al que puede presentarse un aspirante a este cargo, de manera que, si quien pretende ser elegido personero cumple con los requisitos para el empleo señalados en la convocatoria respectiva, podrá postularse a éste en diferentes municipios.

Concepto 012991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las normas reguladas en el Código Sustantivo de Trabajo no son aplicables a los empleados vinculados con las entidades públicas, incluidos los entes territoriales, se reitera que, la Ley 2101 de 2021 no es aplicable a los trabajadores oficiales por cuanto, estos encuentran la regulación de su jornada laboral en el artículo 3° de la Ley 6 de 1945 así como, en las normas del reglamento interno de trabajo según las necesidades institucionales.

Concepto 013051 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El pago de cesantías, en relación a la Ley 1071 de 2006 establece que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, deberá expedir la resolución correspondiente al reconocimiento, lo cual la entidad pública pagadora tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles para cancelar esta prestación social. En cuanto al plazo para liquidar y pagar los salarios, no existe una norma que disponga un término para su liquidación y pago, por lo que la entidad debe ser lo más diligente posible en este trámite, con el fin de no ocasionar un perjuicio que ponga en riesgo el mínimo vital de los ex servidores públicos.