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Concepto 063281 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe impedimento para que los parientes de los concejales se postulen y posteriormente puedan verse beneficiados con los subsidios que el municipio pueda llegar a otorgar para acceder a subsidios de vivienda o hacer mejoras en la misma, siempre que dicha postulación se haga en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, garantizando de esta forma la igualdad material a su acceso.

Concepto 063291 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 063331 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las normas de conducta a las que deben ajustarse los servidores públicos, indican que éstos tienen del deber de actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpuesta persona.

Concepto 063341 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 063361 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La ley exige para que un servidor pueda ser encargado, entre otros, que su última evaluación del desempeño laboral sea sobresaliente o en su defecto satisfactoria, entendiendo que la última evaluación de desempeño es aquella obtenida en el año inmediatamente anterior en el empleo sobre el que ostenta derechos de carrera o en un empleo de carrera que desempeñe en encargo, de manera que si no cuentan con calificación en el año inmediatamente anterior en los términos de la norma, no podrá acceder al encargo.

Concepto 063451 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien es encargado de un empleo que dentro de sus funciones tenga el deber de presentar acta de informe de gestión, en calidad de titular y representante legal o como particular que administre fondos o bienes del Estado, deberá recibir y revisar dicho documento, de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley 951 de 2005, teniendo en cuenta que mediante el encargo, el empleado asume parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquel para el cual ha sido nombrado, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.

Concepto 063461 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Dentro del procedimiento para la provisión temporal de la vacante en el cargo de personero, se observa que ésta solo puede ser suplida de manera transitoria por designación que realice el concejo municipal mientras se surte el concurso público de méritos, mismo que puede ser realizado directamente por la corporación municipal, observando las etapas previstas en el Decreto 1083 de 2015.

Concepto 063471 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El alcalde puede asignar en sus secretarios de despacho o a los empleados del nivel directivo, la función de dar trámite al recurso de apelación en aquellos casos que proceda la doble instancia en procesos dictaminados por el inspector de policía, sin que sea procedente asignar tal función a un profesional universitario de la entidad, en tanto la misma solo es extensiva a quienes desempeñan empleos del nivel asesor o directivo.

Concepto 063701 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No resulta posible que una entidad autorice una comisión de estudios al exterior para un servidor público que se encuentra en período de prueba, toda vez que no se cumpliría con el requisito de acreditar nivel sobresaliente en la calificación de servicios correspondiente al último año de servicio, bajo el entendido que el período de prueba se califica con la “calificación del período de prueba”, la cual no corresponde con la exigida por la norma.

Decreto 062021 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para la liquidación de las cesantías de un empleado que tiene régimen de cesantías retroactivo que estuvo nombrado en encargo, la administración deberá tener en cuenta los tiempos en que estuvo nombrado en esa situación administrativa, para lo cual se deberá liquidar conforme al régimen de cesantías anualizadas, mientras que el tiempo en que estuvo en el cargo del cual es titular, se deberá liquidar de conformidad con el régimen de cesantías retroactivo, es decir con base en el último salario realmente devengado para la fecha en que ejerció el empleo de carrera, en los términos del artículo 13 de la Ley 344 de1996.