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Concepto 536441 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública De acuerdo con las normas previamente citadas, es claro que el disfrute de cada periodo de vacaciones, o la respectiva compensación en dinero, prescribe pasados cuatro (4) años, contados a partir de la fecha en que se haya causado el derecho, o descontando el tiempo que se haya aplazado por parte de la administración, siempre y cuando medie el respectivo acto administrativo. |
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Concepto 536441 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La hermana de la servidora pública que ejerce el cargo de Asesora, no podrá suscribir contrato con la entidad por cuanto se configuraría la inhabilidad señalada en el literal b) del numeral 2° del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, pues se encuentra en el segundo grado de consanguinidad y la hermana ejerce un cargo en el nivel Asesor. |