Último mes para que servidores públicos del orden nacional realicen declaración de bienes y rentas

Mayo 07 de 2024 06:00 AM

Los servidores públicos están obligados a reportar la información correspondiente a la vigencia 2023

Los servidores públicos están obligados a reportar la información correspondiente a la vigencia 2023

 

  • Tan solo 39.366 servidoras y servidores públicos del orden nacional han realizado su declaración de bienes y rentas periódica.

 

  • El tiempo para realizar la actualización de la declaración de bienes y rentas para los servidores del orden nacional finaliza el próximo 31 de mayo de 2024.

Bogotá, Colombia, 07 de mayo de 2024. El Departamento Administrativo de la Función Pública recordó a las y los servidores públicos de entidades públicas del orden nacional que solo resta este mes para que realicen la declaración periódica de bienes y rentas.

 

De acuerdo al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II), hasta el momento tan solo 39.366 servidores públicos del orden nacional han realizado su declaración, es decir el 21,39 % de los servidores que deben cumplir con esta obligación.

 

Función Pública reiteró a las y los servidores públicos que el período para realizar esta actualización de la declaración de bienes y rentas periódica finaliza el próximo 31 de mayo de 2024.

 

Para ello, cada servidora y servidor público debe ingresar con su usuario y contraseña al SIGEP II y diligenciar el Formulario Único de Declaración de Bienes y Rentas.

 

En el formulario se les solicitará información personal, financiera, familiar y patrimonial del servidor o servidora, así como, ingresos laborales y no laborales, entre otros.

 

Las y los servidores están obligados a reportar la información correspondiente a la vigencia 2023, es decir el periodo comprendido entre el primero de enero de 2023 y el 31 diciembre del mismo año.

 

Función Pública recalcó que todos los servidores públicos deben realizar la declaración de bienes y rentas al ingresar a una entidad, de forma periódica y al momento del retiro, como lo señala la Ley 190 de 1995 y el Decreto 1083 de 2015. Las y los servidores públicos del orden nacional podrán realizar su declaración periódica de bienes y rentas a través del SIGEP II o del siguiente enlace.


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