Decreto 301 de 2017 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 301 de 2017

Fecha de Expedición: 23 de febrero de 2017

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PLANTA DE PERSONAL
- Subtema: Unidad Nacional de Protección

Modifica la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección UNP

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

 

DECRETO 301 DE 2017

 

(Febrero 23)

 

Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección - UNP

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Unidad Nacional de Protección - UNP, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el correspondiente estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto-Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.

 

Que en el punto 3.4.7.4.3 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz estable y duradera, se acordó crear un cuerpo de seguridad y protección, de naturaleza mixta, integrado por personal de confianza del nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de la FARC-EP a la actividad legal.

 

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección - UNP.

 

No. De cargos

Denominación

Código

Grado

DESPACHO DEL DIRECTOR

1 (Uno)

Subdirector de Unidad Administrativa Especial

0040

21

2 (Dos)

Asesor

1020

12

5 (Cinco)

Profesional Especializado

2028

22

10 (Diez)

Profesional Especializado

2028

18

10 (Diez)

Profesional Especializado

2028

14

10 (Diez)

Profesional Universitario

2044

11

10 (Diez)

Profesional Universitario

2044

01

12 (Doce)

Técnico Administrativo

3124

12

12 (Doce)

Oficial de Protección

3137

10

29 (Veintinueve)

Auxiliar Administrativo

4044

11

1200 (Mil dos cientos)

Agente Escolta

4070

-

4 (Cuatro)

Secretariado Ejecutivo

4210

16

 

ARTÍCULO 2º. Los empleos, creados en el presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015.

 

ARTÍCULO 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el Decreto 4066 de 2011

 

 

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de febrero del año 2017.

 

JUAN FERNANDO CRISTO

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.****** de 23 de febrero de 2017.