Decreto 276 de 1996 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 276 de 1996

Fecha de Expedición: 07 de febrero de 1996

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN
- Subtema: Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil

Modifica parcialmente la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 248 de 1994.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 276 DE 1996

 

(Febrero 07)

 

Por el cual se modifica parcialmente la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 248 de 1994.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Suprimir de la nomenclatura de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil establecida en el Decreto 248 de 1994 el empleo de Director General de Aeronáutica Civil Nivel 69 Grado 40, del Nivel Directivo. 

 

ARTÍCULO 2º. Créase en la nomenclatura de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil la siguiente denominación: 

 

Nivel Directivo 

Denominación del empleo 

Código 

Grado 

Director General de Unidad Administrativa Especial 

0155 

24 

23 

22 

 

ARTÍCULO 3º. La denominación y nomenclatura a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto, corresponden a las del Sistema General de que trata el Decreto 1042 de 1978 y normas que lo modifican y adicionan, y los grados del empleo a la escala salarial del nivel directivo del Decreto número 10 del 5 de enero de 1996 y sus modificatorios. 

 

PARÁGRAFO. Mientras se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, continuará vigente el empleo de Director General de Aeronáutica Civil Nivel 69 Grado 40, del Nivel Directivo de que trata el Decreto 248 de 1994. 

 

ARTÍCULO  4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 248 de 1994 y demás disposiciones que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de febrero de 1996.

 

ERNESTO SAMPER PIZANO

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

 

JUAN GÓMEZ MARTÍNEZ.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

EDUARDO GONZÁLEZ MONTOYA.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 42715. 9 de febrero de 1996.